Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba - CAMARA FEDERAL DE CORDOBA - SALA A - SECRETARIA PENAL, 31 de Octubre de 2017, expediente FCB 022018557/2013/7

Fecha de Resolución31 de Octubre de 2017
EmisorCAMARA FEDERAL DE CORDOBA - SALA A - SECRETARIA PENAL

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CORDOBA - SALA A FCB 22018557/2013/7 doba, 31 de octubre de 2017.

Y VISTOS:

Estos autos caratulados: “Incidente de excarcelación de FERREYRA, R. s/ infracción ley 23.737 (FCB 22018557/2013/7)”, venidos a conocimiento de esta Sala A del Tribunal a fin de resolver sobre la procedencia del recurso de casación interpuesto por los defensores S.B.F. y C.H., en representación del imputado R.F..

Y CONSIDERANDO:

  1. Que con fecha 21.09.2017 este Tribunal resolvió revocar la resolución de fecha 17.05.2017 dictada por el señor Juez Federal N° 3 de Córdoba, en cuanto dispuso conceder la excarcelación solicitada a favor de R.F. y en consecuencia, disponer la inmediata detención del nombrado.

  2. Que con fecha 10.10.2017 los defensores B.F. y H. interpusieron recurso de casación en contra del citado pronunciamiento (ver fs.

    40/48).

    Sostienen que la decisión recurrida es nula por falta de motivación al existir un razonamiento contrario a las reglas del recto entendimiento -sana critica racional-

    que vulnera el principio de razón suficiente y vuelve arbitraria a la resolución. Por otra parte, destacan que dicha resolución, es susceptible de ser equiparada a una sentencia definitiva, por el gravamen de imposible reparación ulterior, que la misma conlleva para el prevenido F. al revocar la libertad dictada en su favor y en consecuencia impugnable por el recurso que se intenta. Agregan que el agravio que la resolución impugnada le ocasiona a su defendido resulta ser de imposible Fecha de firma: 31/10/2017 reparación ulterior, toda vez que restringe la libertad del Alta en sistema: 03/11/2017 Firmado por: E.Á., JUEZ DE CÁMARA Firmado por: G.S.M., JUEZ DE CÁMARA Firmado por: I.M.V.F., JUEZ DE CÁMARA Firmado(ante mi) por: MARIO R. OLMEDO, Secretario de Cámara #29820629#191199068#20171101083054913 imputado durante la sustentación del proceso y que lo resuelto causa un gravamen irreparable, afectando la garantía constitucional de la libertad del imputado durante el proceso.

    Por otra parte, agregan que la resolución es recurrible en virtud de lo establecido por el art. 8. inc.

    2 apartado “h” del Pacto de San José de Costa Rica, al tipificar el derecho al recurso o garantía del “doble conforme”, desde que el tribunal de primera instancia otorgó la excarcelación a su defendido, y ante el recurso de apelación F., la Cámara Federal revocó esa libertad, disponiendo la detención de R.F., lo que en definitiva esta situación ha...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR