Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Salta, 23 de Octubre de 2017, expediente FSA 052000148/2006/7
Fecha de Resolución | 23 de Octubre de 2017 |
Emisor | CAMARA FEDERAL DE SALTA - SALA I - SECRETARIA PENAL 1 |
Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SALTA - SALA I FSA 52000148/2006/7 Salta, 23 de octubre de 2017.
Y VISTA:
Esta causa N° 52000148/2006/7 caratulada: “TORINO, E. s/excarcelación” con trámite iniciado en el Juzgado Federal de Orán, y RESULTANDO:
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Que en contra de la resolución de esta Cámara obrante a fs. 284/293 y vta. por la que se revocó la resolución de fs. 10/13 y vta. del presente incidente y, en consecuencia, se ordenó la libertad de E.T., bajo la caución real y medidas asegurativas indicadas en el punto 8 de los considerandos, sin perjuicio de aquellas que, además, el Juez estime corresponder (art. 320 y subsiguientes del CPPN), el F. General S. interpuso recurso de casación.
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Que el recurrente considera que el fallo que cuestiona omitió valorar adecuadamente las constancias existentes en la causa que a su criterio indican que el imputado E.T. puede entorpecer la investigación, amén de considerar erróneamente la ausencia de riesgos procesales justificantes del dictado de una medida restrictiva de la libertad, soslayando de tal forma la gravedad de los delitos por los que se lo acusa, la severidad de la escala penal que le impedirá al nombrado una eventual condena de ejecución condicional, el poderío económico de la estructura delictiva que el acusado integra, por todo lo cual entiende que se configuró el supuesto de arbitrariedad de sentencia que habilita la procedencia del recurso.
Expresa que la resolución que impugna es asimilable a sentencia definitiva en los términos del art. 457 del Fecha de firma: 23/10/2017 Firmado por: G.E. Firmado por: ERNESTO SOLA Firmado por: L.R.R.B. Firmado(ante mi) por: SANTIAGO FRENCH #30184863#191612436#20171023111528780 CPPN, atento a que genera un gravamen de tal magnitud, que de concretarse los riesgos procesales que estima latentes, podría llegar a ser irreparable desde que la ley no habilita la posibilidad de realizar juicios en contumacia.
Agrega que de quedar firme el fallo que cuestiona, podría verse frustrada la aplicación del derecho material, pues además de la existencia del riesgo de fuga, el imputado puede continuar ejerciendo las conductas que se le imputan, poniendo en riesgo la investigación en curso, así como la producción de medidas de prueba e integridad de testigos, los que podrían resultar presionados, comprometiéndose con ello la responsabilidad del Estado Argentino frente a los compromisos internacionales asumidos en materia de lucha contra el narcotráfico y...
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