Sentencia de Cámara Federal de Casación Penal - CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 4, 29 de Diciembre de 2016, expediente FSA 005230/2013/TO01/7/CFC004

Fecha de Resolución29 de Diciembre de 2016
EmisorCAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 4

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 4 FSA 5230/2013/TO1/7/CFC4 REG. Nº 1819/16.4 Buenos Aires, 29 de diciembre de 2016.

AUTOS Y VISTOS:

Para decidir acerca de la admisibilidad del recurso de casación interpuesto a fs. 14/22 por la Defensa Pública Oficial, asistiendo a A.R.P., en la presente causa FSA 5230/2013/TO1/7/CFC4.

  1. Que con fecha 23 de septiembre de 2016, el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Salta, resolvió

    no hacer lugar al cese de prisión preventiva solicitada en favor de A.R.P. y disponer su prórroga por el término de 5 meses a partir del 20 de septiembre de 2016 (fs. 7/12 vta.).

  2. Que contra dicha decisión, la defensa interpuso el recurso de casación en estudio, el que fue concedido a fs. 24/24 vta.

    Y CONSIDERANDO:

    Los señores jueces doctor M.H.B. y J.C.G. dijeron:

    Que en el sub judice la defensa no ha logrado demostrar la existencia de un agravio federal debidamente fundado que habilite la jurisdicción de esta Cámara Federal de Casación Penal conforme la doctrina sentada en los precedentes “Di Nunzio”, “D.S.” y “P.” (Fallos 328:1108; 328:4551; 333:677, respectivamente), sino que se ha limitado a cuestionar una fundamentación que no se comparte sin efectuar una Fecha de firma: 29/12/2016 Firmado por: J.C.G., JUEZ DE CAMARA DE CASACION Firmado por: G.M.H., JUEZ DE CAMARA DE CASACION Firmado por: M.H.B., JUEZ CAMARA CASACION Firmado(ante mi) por: H.B., SECRETARIO DE CAMARA #28892746#170145817#20161229150639782 Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 4 FSA 5230/2013/TO1/7/CFC4 crítica concreta y razonada de los argumentos dados por el Tribunal a quo en el pronunciamiento en el que se rechazó el cese de prisión preventiva solicitada en favor de A.R.P. y se dispuso su prórroga. Siendo que, además, la referida prórroga fue homologada por esta Sala IV con fecha 14 de noviembre de 2016 (Reg. Nº 1452/16.4).

    Asimismo, se tiene presente que los sentenciantes fundamentaron su resolución en la gravedad del hecho que se le imputa a P. (transporte de estupefacientes, art. 5 inc. “c” y 11 inc. “c” de la ley 23.737), la pena correspondiente, la complejidad de la causa y que registra antecedentes penales. Además, tuvieron en cuenta que: “…la defensa de Rodolfo A.

    Ponce presentó un recurso de revocatoria, planteó una nulidad, solicitó un pronto despacho y pidió la...

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