Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala E, 16 de Julio de 2019, expediente COM 022216/2017/68/CA005

Fecha de Resolución16 de Julio de 2019
EmisorCamara Comercial - Sala E

22216 / 2017 Incidente Nº 68 - INCIDENTISTA: OBRA SOCIAL DE COMISARIOS NAVALES s/INCIDENTE DE

REVISION DE CREDITO

Poder Judicial de la Nación Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial SALA E

22216 / 2017 Incidente Nº 68 – AUSTRAL CONSTRUCCIONES S.A

s/QUIEBRA s/ INCIDENTE DE REVISION DE CREDITO DE OBRA

SOCIAL DE COMISARIOS NAVALES

J.. 28 S.. 55 14-15-13

Buenos Aires, 16 de julio de 2019.-

Y VISTOS:

De conformidad con lo normado por el art.

287 de la Ley 24.522, en los incidentes de revisión,

deben regularse los honorarios de acuerdo a lo previsto para los incidentes por las respectivas leyes arancelarias locales.

Por otro lado, por disposición de la Ley 27.423, correspondería aplicar el art. 47 para fijar los honorarios correspondientes a las labores profesionales cumplidas en incidentes y tercerías, ya sea que éstas tramiten autónomamente o dentro de un mismo juicio.

Sin embargo, el Decreto N° 1077/17 –de promulgación de la ley arancelaria vigente- observó dicho artículo, lo que conlleva a una falta de norma concreta en materia incidental, a los efectos regulatorios.

En consecuencia, y a fin de fijar una retribución equitativa en el marco de la nueva ley Fecha de firma: 16/07/2019

Alta en sistema: 17/10/2019

Firmado por: M.F.B., JUEZ DE CAMARA 22216 / 2017

Expte. N°

Firmado por: ÁNGEL O. SALA, JUEZ DE CAMARA

1

Firmado por: H.M., JUEZ DE CÁMARA

Firmado(ante mi) por: M.L.M., PROSECRETARIA DE CÁMARA

22216 / 2017 Incidente Nº 68 - INCIDENTISTA: OBRA SOCIAL DE COMISARIOS NAVALES s/INCIDENTE DE

REVISION DE CREDITO

arancelaria, serán de aplicación las pautas generales establecidas en los artículos 16, 21 y 29 inc. g) de la ley, y sin desconocer que la presente se trata de una actuación desprendida de un proceso concursal / falencial (esta Sala, “Rozboril, M.C. y otro c/ Lan Perú

S.A. sucursal Argentina s/ ordinario” del 22/11/18).

Sentado ello, atento al mérito de la labor profesional cumplida, su calidad, eficacia y extensión, y considerando el crédito...

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