Sentencia de CAMARA FEDERAL DE PARANÁ, 5 de Julio de 2018, expediente FPA 000961/2016/65/CA005

Fecha de Resolución 5 de Julio de 2018
EmisorCAMARA FEDERAL DE PARANÁ

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE PARANÁ

FPA 961/2016/65/CA5 Paraná, 5 de julio de 2018.

Y VISTOS, en Acuerdo de la Cámara Federal de Apelaciones de Paraná, integrada por el Dr. Mateo José

BUSANICHE, P.; la Dra. B.E.A.V., y el Dr. J.S.G., Juez de Cámara Subrogante, el Expte. FPA Nº 961/2016/65/CA5, caratulado: “INCIDENTE DE EXCARCELACION DE H., H.P. (D) EN AUTOS HERNANDEZ, H.P. (D) POR INFRACCION LEY 23.737”, proveniente del Juzgado Federal N°

1 de Paraná, y; DEL QUE RESULTA:

El Dr. M.J.B. dijo:

Que, llegan estos actuados a conocimiento de este Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto por la defensa del imputado H.P.H., a fs.

41/46, contra la resolución de fs. 30/36 vta., en cuanto deniega el pedido de excarcelación del nombrado de conformidad con lo dispuesto por los arts. 316, 2do párrafo, 317, 318 y 319 del CPPN. El recurso fue concedido a fs. 47.

En esta instancia, se celebra la audiencia oral preceptuada por el art. 454 del C.P.P.N., de la que da cuenta el acta de fs. 62 y vta., compareciendo en dicha oportunidad el Sr. Fiscal General, Dr. R.C.M.Á.; y los Dres. E.F. y M. de los Milagros Fecha de firma: 05/07/2018 Alta en sistema: 06/07/2018 Firmado por: M.J.B., Juez de Cámara Firmado por: J.S.G., JUEZ DE CÁMARA #32037540#210704321#20180706083314609 S.C., en defensa de H.P.H.; quedando los autos en estado de resolver.

Y CONSIDERANDO:

I-

  1. Que, el Dr. Fouces, en primer lugar, ratifica el escrito de apelación oportunamente presentado.

    Entiende que no existen motivos para mantener privado de libertad a su defendido durante la sustanciación del proceso y cita el fallo “D.B.”.

    Solicita se dicte en forma inmediata la libertad del imputado, bajo las medidas que el Tribunal estime corresponder.

    Seguidamente, la Dra. S.C. expone algunas críticas sobre lo indicado por el Magistrado a-quo respecto de su defendido. Hace hincapié en que la privación de la libertad del imputado estaría generando un desequilibrio en el normal funcionamiento del Consejo Deliberante de la ciudad de Paraná.

    Alude a la existencia de arraigo suficiente y solicita el cese del arresto de su defendido y se otorgue su inmediata libertad, bajo caución real o juratoria y las medidas de conducta que correspondan.

  2. Por su parte, el Sr. Fiscal General realiza un breve relato de los hechos de la causa y resalta la gravedad de la imputación.

    Destaca que lo que fue conjetural para una primera intimación y llamamiento, adquiere cierto Fecha de firma: 05/07/2018 Alta en sistema: 06/07/2018 Firmado por: M.J.B., Juez de Cámara Firmado por: J.S.G., JUEZ DE CÁMARA #32037540#210704321#20180706083314609 Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE PARANÁ

    FPA 961/2016/65/CA5 robustecimiento cuando esa conjetura se enriquece al extremo de que ya constituye un juicio probabilístico de signo incriminador.

    Aduce que, valorando la gravedad del...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR