Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de San Martín - CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA II - SECRETARIA PENAL 4, 27 de Diciembre de 2019, expediente FSM 051005/2019/6/CA004

Fecha de Resolución27 de Diciembre de 2019
EmisorCAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA II - SECRETARIA PENAL 4

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA II - SEC PENAL N°4 Causa n° 8224- FSM 51005/2019/6/CA4 “Incidente Nº 6 - NN: N.N. s/INCIDENTE DE DEVOLUCION”

Reg. N°:8738 S.M., 27 de diciembre de 2019.

VISTOS

Y CONSIDERANDO:

Llega esta incidencia a estudio del Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto a Fs. 14/15Vta., por R.S.C., contra la resolución de Fs. 12Vta./13, que no hizo lugar a la entrega de efecto solicitada.

La presentante solicitó la restitución del vehículo automotor marca Mini Cooper, dominio FQA 945, aportando copias certificadas del formulario 08 del Registro Nacional de la Propiedad del Automotor nro. 41043126 y de la correspondiente certificación notarial de firmas, de las que surge el documento referido firmado por el vendedor del bien y titular registral O.E.P. y la compradora R.S.C..

Puesta a resolver esta Alzada, liminarmente corresponde señalar que el sistema procesal prevé la posibilidad de secuestro de los objetos relacionados con el delito, los sujetos a decomiso o aquéllos que puedan servir como medios de prueba (Art. 231 del C..

Fecha de firma: 27/12/2019 Firmado por: A.A.L., JUEZ DE CÁMARA Firmado por: MARCOS MORAN, JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: E.H.B., SECRETARIO DE CÁMARA 1 #34009285#253259518#20191227140040904 Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA II - SEC PENAL N°4 Causa n° 8224- FSM 51005/2019/6/CA4 “Incidente Nº 6 - NN: N.N. s/INCIDENTE DE DEVOLUCION”

Reg. N°:8738 Procesal Penal). Asimismo, se establece que serán devueltos aquellos objetos secuestrados que no estén sometidos a la confiscación, restitución o embargo, tan pronto como sean necesarios, a la persona de cuyo poder se sacaron (Art. 238, del citado catálogo instrumental).

Ahora bien, a esta altura del estado del expediente, el rodado aquí en cuestión no estaría involucrado en la investigación y conforme surge de las constancias acompañadas, la peticionante de esta incidencia resulta ser la propietaria del vehículo cuya restitución solicitó, a estar a las constancias del formulario 08 debidamente conformado y firmado que, en copias certificadas se acompañó, más allá de que de momento no se haya hecho la transferencia registral correspondiente.

Ello así, en atención a los elementos de juicio reunidos y reseñados precedentemente, corresponde hacer entrega a R.S.C. del vehículo en trato, en calidad de depositario judicial, previa acreditación de la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR