Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala K, 16 de Diciembre de 2022, expediente CIV 106165/2012/6/CA005

Fecha de Resolución16 de Diciembre de 2022
EmisorCamara Civil - Sala K

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA K

106165/2012

Incidente Nº 6 - ACTOR: MARTINEZ, B.N. s/EJECUCION DE

HONORARIOS - INCIDENTE CIVIL

Buenos Aires, 16 de Diciembre de 2022.- CB

AUTOS Y VISTOS:

De conformidad con lo dispuesto en los arts. 1, 3, 16, 20, 21,24 y 41 y ccds. de la ley 27.423 (esta Sala, causas n°53705/2014 y 33550/17

entre otras) y acordada 25/22, por la labor desarrollada en cuanto a la ejecución de los honorarios de la perito psiquiatra, se disminuyen los emolumentos de la Dra. C. M. O. a la cantidad de 3,52 U.M.A.

(equivalente a la fecha a $36.608.-) ello sin perjuicio de lo que en pesos pudiere corresponder tomando en cuenta el valor del UMA vigente al momento del pago (art 51 Ley 27.423).

Regístrese de conformidad con lo establecido con los arts. 1° de la ley 26.856, 1 de su Decreto Reglamentario 894/2013 y 1, 2 y Anexo de la Acordada 24/2013 de la C.S.J.N.; a tal fin, notifíquese por Secretaría.

Cumplido ello, devuélvanse a la instancia de grado.

La difusión de la presente resolución se encuentra sometida a lo dispuesto por los arts. 164, segundo párrafo del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación y 64 del Reglamento para la Justicia Nacional. En caso de su publicación, quien la efectué asumirá la responsabilidad por la difusión de su contenido. Se deja constancia que la vocalía n° 32 se encuentra vacante. SILVIA PATRICIA BERMEJO – BEATRIZ ALICIA

VERÓN– ADRIÁN E. MARTURET (Secretario).

Fecha de firma: 16/12/2022

Firmado por: S.P.B., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: A.E.M., SECRETARIO DE CAMARA

Firmado por: B.A.V., JUEZ DE CAMARA

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR