Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala L, 23 de Junio de 2022, expediente CIV 045439/2021/6

Fecha de Resolución23 de Junio de 2022
EmisorCamara Civil - Sala L

Poder Judicial de la Nación –Cámara Civil Sala “L”

45439/2021

Incidente Nº 6 - ACTOR: L, M P DEMANDADO: R, G J s/ART. 250

C.P.C - INCIDENTE FAMILIA

Buenos Aires, 23 de junio de 2022.- CBG

AUTOS Y VISTOS:

I- El demandado planteó recurso de revocatoria in extremis ante esta Sala respecto de la decisión del 22 de junio de 2022

que confirmó la fijación de alimentos provisorios a favor de los hijos de las partes, por considerar que se cometió un error al mencionar que no se encontraba demostrado “prima facie” que T, mayor de edad,

posea un trabajo a fin de proveerse de recursos económicos para su subsistencia, pues, a su entender, tal circunstancia ha sido reconocida por la actora.

  1. Sabido es el recurso de reposición contra las resoluciones dictadas por el Tribunal de Alzada sólo es admisible cuando se trata de enmendar un evidente error de hecho; una conclusión equivocada fundada en circunstancias erróneas o cuando se hubiesen violado formas sustanciales del juicio que afecten el derecho de defensa (conf. Morello-Sosa-Berizonce, Códigos Procesales en lo Civil y Comercial de la Pcia. de Bs. As., 1998, T°

III, pág. 268).

En el particular, no se configuraron tales extremos.

Ocurre que este Tribunal se limitó a señalar, en el marco de un proceso cautelar, que se encuentra demostrado que T R cursa estudios universitarios y que no poseería recursos para solventar sus gastos en forma independiente, del mismo modo que lo observó la actora, a diferencia de lo planteado por el emplazado (ver contestación del memorial que motivó la decisión ahora cuestionada, digitalizado el 15/10/21 en los autos principales), siendo que las cuestiones Fecha de firma: 23/06/2022

Firmado por: V.F.L., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: M.P.P., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: C.B.G., PROSECRETARIA LETRADA

Firmado por: G.I., JUEZA DE CAMARA

Poder Judicial de la Nación –Cámara Civil Sala “L”

introducidas en el escrito a despacho...

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