Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán, 26 de Septiembre de 2016, expediente FTU 007782/2015/TO01/54

Fecha de Resolución26 de Septiembre de 2016
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SANTIAGO DEL ESTERO

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SANTIAGO DEL ESTERO Incidente Nº 54 - IMPUTADO: D'AMICO, J.A. s/INCIDENTED.P.D.S. delE., 26 de septiembre de 2016.-

VISTOS La solicitud de prisión domiciliaria interpuesta a favor del interno J.A.D.´Amico; CONSIDERANDO

  1. Que a fs. 2/30 presenta solicitud de prisión domiciliaria en favor del interno J.A.D., su abogado defensor el Dr.

    M.Á.T.. Sostiene que su pedido es procedente en virtud del agravamiento del estado de salud y condiciones de detención de su defendido.

    Reedita la defensa de D´Amico las razones dadas en anterior requerimiento del beneficio de prisión domiciliaria – Incidente Nº 21.

    D´A.J.A. s/ Incidente de Prisión Domiciliaria, en relación a las cuestiones médicas y legales - ; detalla el cuadro supuesto de salud del mismo, sostiene – ante la distancia en entre la Unidad Penitenciaria donde se encuentra alojado y algún centro de salud- que existe riesgo de vida para el hipotético caso de que necesite asistencia Fecha de firma: 26/09/2016 Firmado(ante mi) por: MARTINEZ LLANOS MARIO, SECRETARIO #28744177#161100397#20160926124737172 médica, que su estado anímico y psíquico ha empeorado, así como la salud de la esposa y madre de D´Amico.

    Destaca la defensa que su defendido no necesariamente necesita internación, pero si acceder al beneficio de la prisión domiciliaria a los fines de mejorar la salud, llevar una vida humanitaria, acorde a su edad y estado de salud.

    Cita la Constitución Nacional, art. 18 e instrumentos jurídicos internacionales sobre Derechos Humanos de jerarquía constitucional; instrumentos jurídicos vigentes en Argentina dentro del sistema interamericano, la ley de ejecución penal, el CPPN, y jurisprudencia al respecto de la procedencia de prisión domiciliaria.

    Finalmente pide se conceda prisión domiciliaria a favor de su defendido J.A.D..-

    A fs. 64/75 adjunta la defensa copias de nuevos estudios médicos.

    A fs. 79/82 obra agregado informe médico practicado por el Dr.

    R.F., médico forense, Corte Suprema de Justicia de la Nación, el que informa que examino al interno D´Amico, detalla los antecedentes médicos que este le refiere; informa que el examen físico evidencia aparente moderado estado general y adecuado estado nutricional. Finalmente concluye que: “el Sr. J.A. ´Amico presenta antecedentes cardiovasculares: hipertensión arterial coronariopatía y extrasístoles (supra ventricular frecuente y salvas de fibrilación auricular paroxística)y diabetes de reciente comienzo. Su permanencia en la unidad de detención sumada a la falta de infraestructura...

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