Incidente Nº 50 - VICTIMA: SCHULZE, LEONARDO Y OTROS IMPUTADO: LOIACONO, MAXIMILIANO DANIEL Y OTROS s/INCIDENTE DE RECURSO EXTRAORDINARIO

Fecha12 Septiembre 2023
Número de expedienteFSM 000636/2019/TO01/50

CFCP - SALA I

FSM 636/2019/TO1/50

”LOIACONO, M.D. y otros s/incidente de recurso extraordinario”.

Cámara Federal de Casación Penal Registro Nro. 1007/23

Buenos Aires, 12 de septiembre de 2023.

AUTOS Y VISTOS:

Integrada la Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal por los señores jueces doctores D.A.P.-.-, D.G.B. y C.A.M.-.-, reunidos de conformidad con lo dispuesto en las Acordadas 24/21 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) y 5/21 de esta Cámara Federal de Casación Penal (CFCP), para resolver acerca de la admisibilidad de los recursos extraordinarios federales interpuestos en el presente legajo FSM 636/2019/TO1/50, del registro de esta Sala I, caratulado: “LOIACONO, M.D. y otros s/ incidente de recurso extraordinario”.

  1. Que el día 16 de mayo de 2023 esta Sala I –con integración parcialmente distinta- resolvió: “

  2. Por mayoría, HACER LUGAR parcialmente a los recursos de casación interpuestos por la defensa de S. y B.;

    CASAR los puntos III y V de la sentencia recurrida y condenar a M.F.E.S. a cumplir la pena de DIECINUEVE (19) AÑOS DE PRISIÓN Y AL PAGO DE LAS

    COSTAS EMERGENTES DEL PROCESO, por considerarlo coautor penalmente responsable del delito de secuestro extorsivo agravado por haberse logrado el propósito de obtener el rescate, por haberse cometido con la participación de tres o más personas y por ser la víctima menor de dieciocho (18) años de edad, en concurso ideal con el delito de robo agravado por haberse cometido en poblado y en banda, de los que resultó víctima L.F.S.; en concurso real con el delito de secuestro extorsivo agravado por haberse logrado el próposito de obtener el rescate, por haberse cometido con la participación de tres o más personas y por ser la Fecha de firma: 12/09/2023

    Firmado por: D.A.P., JUEZ DE CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL 1

    Firmado por: D.G.B., JUEZ DE CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL

    Firmado por: C.A.M., JUEZ DE CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL

    Firmado por: W.D.M., SECRETARIO DE CAMARA

    víctima mayor de setenta (70) años de edad, en concurso ideal con el delito de robo agravado por haberse cometido en poblado y en banda, de los que resultó víctima F.P.; en concurso real con el delito de secuestro extorsivo agravado por haberse cometido con la participación de tres o más personas y por ser la víctima menor de dieciocho (18) años de edad, en concurso ideal con el delito de robo agravado por haberse cometido en poblado y en banda en grado de tentativa, de los que resultó víctima I.L.F.; en concurso real con el delito de asociación ilícita, en calidad de coautor; (…) y condenar a L.G.B. a cumplir la pena de DIECINUEVE

    (19) AÑOS DE PRISIÓN Y AL PAGO DE LAS COSTAS EMERGENTES

    DEL PROCESO, por considerarlo coautor penalmente responsable del delito de secuestro extorsivo agravado por haberse logrado el propósito de obtener el rescate, por haberse cometido con la participación de tres o más personas y por ser la víctima menor de dieciocho (18) años de edad, en concurso ideal con el delito de robo agravado por haberse cometido en poblado y en banda, de los que resultó víctima L.F.S.; en concurso real con el delito de secuestro extorsivo agravado por haberse logrado el próposito de obtener el rescate, por haberse cometido con la participación de tres o más personas y por ser la víctima mayor de setenta (70) años de edad, en concurso ideal con el delito de robo agravado por...

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