Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán, 28 de Noviembre de 2019, expediente FTU 400367/2010/TO01/5

Fecha de Resolución28 de Noviembre de 2019
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE TUCUMAN

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL DE TUCUMÁN Expte: 400367/2010 CAUSA: “Incidente Nº 5 - PEREYRA, R.N. s/INCIDENTE DE NULIDAD”

San Miguel de Tucumán, 28 de noviembre de 2019.- MLM AUTOS Y VISTOS:

La solicitud de declaración de nulidades incoada por la defensa de R.N.P., y CONSIDERANDO:

I) Que el Defensor Público Oficial, en representación del acusado R.N.P., plantea la nulidad de las presentes actuaciones por: a) nulidad de la investigación policial en tanto presenta irregularidades, además de haber sido extremadamente extensa, quebrantando la garantía de plazo razonable y, b) nulidad de la investigación policial por actuar bajo la figura del agente encubierto sin orden judicial. En relación al primer vicio, sostiene que el expediente presenta numerosas irregularidades, afectando el derecho al debido proceso legal (art. 18 CN y demás normas constitucionales y convencionales), remarcando: i) que el juzgado ordenó a la policía investigar sin establecer un plazo concreto; ii) El C. que dirigió la investigación sin control judicial; iii) la investigación policial duró 1 año y 11 meses, siendo extremadamente extensa e irrazonable, avasallando el derecho a la intimidad de las personas Fecha de firma: 28/11/2019 Alta en sistema: 29/11/2019 Firmado por: DR. C.E.I.J.M., JUEZ DE CAMARA Firmado por: DR. G.E.C., PRESIDENTE Firmado(ante mi) por: DR. HUGO CESAR DEL SUELDO PADILLA, SECRETARIO DE CAMARA #30638510#250802758#20191129131335742 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL DE TUCUMÁN investigadas. En relación al segundo agravio, indica que en la investigación se utilizó la figura del “agente encubierto”, haciéndose pasar por clientes de los servicios sexuales, además de averiguaciones de “carácter reservado”. Señala que dicha figura, sin orden judicial, se encuentra prohibida por la Ley 24424 y es introducida por la Ley 23737 o en algunas casos excepcionales del Código Aduanero, situaciones que no eran las investigadas en esta causa. Indica las actas donde dice que consta dicha participación del agente encubierto, remarcado que en los casos en donde se lograba un acercamiento y la toma de imágenes, era gracias a la vigilancia encubierta.

Cita doctrina. Por todo ello, solicita la declaración de nulidad absoluta de las actuaciones reseñadas y, en consecuencia, el sobreseimiento de su pupilo.

II) Corrida vista al Ministerio Público Fiscal, contesta a fs. 18/19. En relación a los agravios, expresa...

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