Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala F, 7 de Marzo de 2017, expediente COM 041834/2009/5/CA003

Fecha de Resolución 7 de Marzo de 2017
EmisorCamara Comercial - Sala F

Poder Judicial de la Nación Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial – Sala F TALLERES REUNIDOS ITALO ARGENTINO S.A. s/ QUIEBRA s/ INCIDENTE DE VERIFICACION DE CREDITO DE ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS Expediente N° 41834/2009/5 VG Buenos Aires, 7 de marzo de 2017.

Y Vistos:

  1. Apeló la incidentista (fs. 462) la decisión adoptada en fs.459/461 que acogió parcialmente la pretensión y verificó un crédito por $

    900.099,10 con privilegio general, $ 345.951,47 con carácter quirografario, con más los intereses que encomendó liquidar a la sindicatura con idéntico carácter quirografario; rechazando el restante reclamo.

    En el memorial de fs. 464/469, cuestionó el rechazo de las multas y la morigeración de la tasa de interés pretendida.

    La Sindicatura contestó los agravios en fs. 487/488 y la Sra.

    Fiscal General ante esta Cámara emitió dictamen en fs. 493/497.

  2. La pretensión recursiva apunta a revertir, de un lado, la inadmisibilidad del crédito en concepto de multas aplicadas por la falta de presentación a término de ciertas declaraciones; y, de otro, el límite del cálculo de los intereses que se hubieren generado.

    1. En razón de que los conceptos reclamados obedecen a multas que han sido impuestas con posterioridad al decreto de quiebra, habremos de decir que este Tribunal se había pronunciado en el sentido de no admitir la queja de los entes recaudadores con relación a los créditos insinuados en base a multas que fueran impuestas con posterioridad a la presentación en concurso preventivo, circunstancia que se consideró un dato dirimente para no admitirlas (in re "Chacras del Mar S.A. s/quiebra Fecha de firma: 07/03/2017 Firmado por: A.N.T., PRESIDENTA DE LA SALA F Firmado por: R.F.B., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.J.M., PROSECRETARIA DE CAMARA #27665556#170138984#20170306105829996 Poder Judicial de la Nación Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial – Sala F s/incidente de verificación por AFIP", Expte. 006655/12, del 12/07/12; íd.

      "C. delM.S.A. s/quiebra s/incidente de verificación por AFIP", Expte.

      035230/12, del 5/3/13; Sala A "Droguería Daleth SRL S/ Quiebra S/ Incidente de Revisión -Por Fisco Nacional–AFIP " del 29/11/2007).

      Ello, en el entendimiento de que en los supuestos de multas resulta relevante la resolución administrativa que las aplicas, pues antes de ese momento, sólo existía una presunta infracción, que sólo se transforma en obligación en tanto una resolución así lo disponga, sancionando aquella...

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