Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza - CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - Sala A, 25 de Septiembre de 2019, expediente FMZ 000683/2018/5/CA003

Fecha de Resolución25 de Septiembre de 2019
EmisorCAMARA FEDERAL DE MENDOZA - Sala A

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - SALA A FMZ 683/2018/5/CA3 ACTA AUDIENCIA ART. 454 C.P.P.N.

EXPEDIENTE: Nº FMZ 683/2018/11/CA2: “LEGAJO de APELACIÓN BRUNO, M.E. Y OTROS POR ESTAFA.”

EXPEDIENTE: Nº FMZ 683/2018/5/CA3: “INCIDENTE DE EXCARCELACIÓN DE CORREA, C.M. POR ESTAFA.”

En la Ciudad de Mendoza, a los veinticinco días del mes de septiembre de dos mil diecinueve, siendo las nueve y veintisiete horas, a los efectos de celebrar la audiencia fijada en las presentes actuaciones, se reúnen en la Sala de Acuerdos de la Excma. Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza, los Sres. Vocales de la Sala “A”, D.. M.A.P. y J.I.P.C., integrando el Tribunal la Sra. Vocal de la Sala “B”, Dra. O.P.A. -quien fuera designado por Acordada N° 9914 del 03/07/2019-, contando además con la presencia de la Sra. Secretaria “ad hoc” Dra.

R.Q.. Asisten al acto, el Sra. Defensora Pública Coadyuvante, Dra. C.F., (por C.A.C., W.E.C., C.M.C. y J.L.M. y, en representación del Ministerio Público Fiscal, la Sra.

Fiscal “ad hoc”, Dra. P.S., acompañada de la Dra.

G.J.. A continuación, el Sr. Juez en ejercicio de la presidencia, D.P., cede la palabra a la recurrente, quien comienza su exposición expresando que viene a mantener e informar el recurso de apelación oportunamente interpuesto. Comienza remitiéndose brevemente a la plataforma fáctica de la causa en marras, la que inicia a partir de la denuncia realizada por M.E.B., quien fue víctima de un llamado telefónico en el cual se le requiere realizar un aporte para recibir un beneficio previsional en calidad de Reparación Histórica. Ésta y situaciones similares, llevan a la posterior intervención telefónica del móvil con el que presuntamente se realizaban las llamadas desde la Unidad Penitenciaria de la provincia de Córdoba, que arroja como resultado conversaciones contenidas en dieciséis (16) CDs. Continúa relatando cómo C.C. y W.C. son identificados primeramente Fecha de firma: 25/09/2019 Firmado por: J.I.P.C. Firmado por: M.A.P., JUEZ DE CAMARA Firmado por: O.P.A., Juez de Càmara Firmado(ante mi) por: R.Q., Secretaria "Ad Hoc"

Considera esta defensa que la única prueba en contra de sus asistidos C. y Coria es la utilización del teléfono celular que se utilizó

como medio delictivo, estableciendo sus pupilos que, si bien existió

uso del mismo, no fue con fines delictivos, sino que para...

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