Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Salta, 14 de Mayo de 2018, expediente FSA 013316/2013/TO01/3/5

Fecha de Resolución14 de Mayo de 2018
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SALTA - SECRETARIA EJECUCION PENAL

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SALTA N ° 1 EJECUCIÓN DE SENTENCIA TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL DE SALTA EJECUCIÓN DE SENTENCIA PROTOCOLIZADO LIBRO Nº ....................ES REGISTRO Nº………………………

FOJAS……….…………………FECHA………………....……….

SECRETARIO Salta, de mayo de 2018.CC AUTOS Y VISTO: este Expediente 13316/ 2013 “Incidente Nº 5 IMPUTADO:

MAIZARES FULLIO, O. A. s/INCIDENTE DE LIBERTAD

CONDICIONAL”, de EJECUCIÓN DE SENTENCIA DEL TRIBUNAL ORAL EN LO

CRIMINAL FEDERAL DE SALTA” y, CONSIDERANDO:

Que en fecha 24 de febrero del año 2.015 el Tribunal Oral en lo Criminal Federal

de Salta dictó sentencia condenatoria en contra de O., en la

causa Nº FSA 13316/2013/TO1, (iniciado en el Expediente Nº FSA 13316/2013 del

Juzgado Federal de Salta N° 1, Secretaría Penal Nº 2), a la pena de CINCO AÑOS DE

PRISIÓN, multa de pesos trescientos cincuenta ($ 350,00), más las inhabilitaciones de

ley, responsable del delito de Tenencia de Estupefacientes con fines de Comercialización

(art. 5 Inc. “c” de la ley 23.737; art. 12 del C.P.), con costas.

Que en fecha 19 de septiembre del año 2.016, el penado accedió al período de

Libertad Condicional, bajo las obligaciones establecidas por el art. 13 del C.P.

Que el condenado no registro presentación ante este Tribunal, ni al Programa

Inserción Social y supervisión de Presos y Liberados de Salta (cfr. fs. 71/75; 82/84), por lo

que se ordenó su comparendo ante este TribunalSecretaria de Ejecución (cfr. fs. 80),

desconociéndose su paradero (fs. 82/83).

Que en fecha 15 de junio del año 2017, se resolvió revocar el instituto de la

Libertad Condicional otorgado al penado MAIZARES FULLIO, por haber violado las

condiciones fijadas por el art. 13 inc “1” del C.P. (cfr. fs. 94/95), ordenándose su captura a

Fecha de firma: 14/05/2018 nivel nacional e internacional.

Firmado por: M.L.S., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.E.C., SECRETARIA DE CÁMARA #28883477#205837562#20180510065215717 Que a fs. 112, la defensa comunica que el causante se encuentra detenido en la

Alcaidía Provincial, vinculado a una nueva causa judicial a cargo de la Justicia de la

Provincias de Salta (fs. 112).

Que en fecha 24 de abril del año 2018 el Juzgado de Garantías de Séptima

Nominación (fs. 155) comunico que ha condenado a O.

en el Expediente JUI 144362/17, a la pena de DOS AÑOS DE PRISIÓN EFECTIVA,

como responsable del delito de Robo Simple, previsto y reprimido por el art. 164 del C.P.,

procediéndose a la Unificación de las...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR