Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Salta, 21 de Diciembre de 2017, expediente FSA 017871/2016/5/CA004

Fecha de Resolución21 de Diciembre de 2017
EmisorCAMARA FEDERAL DE SALTA - SALA I - SECRETARIA PENAL 1

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SALTA - SALA I FSA 17871/2016/5/CA4 ta, 21 de diciembre de 2017.

AUTOS Y VISTA:

Esta causa Nº FSA 17871/2016/5/CA4 caratulada “Incidente de excarcelación de A.H., B., E. y Forstian, C. s/ falsificación de moneda extranjera en concurso ideal con estafa”, proveniente del Juzgado Federal de Jujuy Nro. 2, y RESULTANDO:

1) Que se reciben estas actuaciones en virtud del recurso de apelación interpuesto por la Defensa Oficial de H.A., E.B. y C.F. a fs. 30/32 y vta., en contra del auto del 8/9/2017 por el que se denegó su excarcelación (fs. 23/25).

El recurrente se agravia de la falta de valoración por parte del Instructor de los argumentos que planteó

sobre la ausencia de riesgo procesal, alegando que al resolver el J. se limitó a transcribir en forma textual los motivos que tuvo esta Cámara al mantener la prisión preventiva de sus asistidos en oportunidad de confirmar sus procesamientos el 3/8/2017, sin tener en cuenta el tiempo que transcurrió desde ese momento al presente, en tanto destacó que llevan en prisión un tiempo que de haber existido condena, les habría permitido obtener su libertad condicional.

En ese sentido, resalta que sus defendidos cuentan con arraigo en el país y que no restan medidas de prueba pendientes de producción; por lo que el pedido excarcelatorio gira Fecha de firma: 21/12/2017 Alta en sistema: 26/12/2017 Firmado por: L.R.R.B. Firmado por: ERNESTO SOLA 1 Firmado por: A.A.C. Firmado(ante mi) por: SANTIAGO FRENCH #30302210#196529836#20171221120148788 Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SALTA - SALA I FSA 17871/2016/5/CA4 en torno al tiempo de encierro que vienen soportando, lo que considera una violación al principio de proporcionalidad y razonabilidad de los actos de gobierno.

Por su parte, el Defensor Oficial ante esta Alzada requiere que se tenga por fundado el recurso con los argumentos esgrimidos por su par de la instancia anterior a fs.

30/32; y agrega que conforme al mínimo de la escala penal correspondiente al delito por los que sus asistidos resultaron procesados, estos tienen derecho a recuperar su libertad en los términos del art. 316 del C.P.P.N., a acceder a los institutos de la probation o a la condena de ejecución condicional en caso de que recaiga condena en su contra; ello porque se encuentra cumplido el mínimo penal de los ocho meses de detención.

2) Que, a su turno, el F. General S. señala que los imputados se encuentran procesados como autores del delito de expendio de moneda de origen extranjero falsa en concurso ideal con estafa, reiterada en cinco (5)

hechos, en concurso real entre sí.

Así, entiende que la excarcelación no sería procedente teniendo en cuenta la naturaleza y la gravedad del hecho que se les imputa a los encausados, como la seriedad y contundencia de las pruebas reunidas en su contra.

Agrega que los imputados son extranjeros (de nacionalidad africana), circunstancia que a su entender incrementa aún más el riesgo de fuga hacia su país de origen; máxime teniendo Fecha de firma: 21/12/2017 Alta en sistema: 26/12/2017 Firmado por: L.R.R.B. Firmado por: ERNESTO SOLA 2 Firmado por: A.A.C. Firmado(ante mi) por: SANTIAGO FRENCH #30302210#196529836#20171221120148788 Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SALTA - SALA I FSA 17871/2016/5/CA4 en cuenta que el 3/8/17 esta Cámara...

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