Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Bahía Blanca - TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE BAHÍA BLANCA - SECRETARIA EJECUCION PENAL, 16 de Junio de 2017, expediente FBB 013095/2014/TO01/5

Fecha de Resolución16 de Junio de 2017
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE BAHÍA BLANCA - SECRETARIA EJECUCION PENAL

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL FBB 13095/2014/TO1/5 hía Blanca, de junio de 2017.-

AUTOS Y VISTOS:

Los de la presente causa FBB 13095/2014/TO1/5, caratulado: “OLGUIN, C.S. sobre infracción art.145 bis del Código Penal ley 26.842”, del registro de este Tribunal Oral en lo Criminal Federal, Y CONSIDERANDO:

Que, en el acta Nro.5/17 (conf. fs.88) que da cuenta la visita de cárcel de la Secretaría de Ejecución Penal de Santa Rosa, C.S.O. solicita la aplicación del estímulo educativo previsto en el art. 140 de la ley 24.660, texto según ley 26.695, por haber terminado la primaria y realizado cursos en la unidad en la que se encuentra alojada.

Que a fs. 92/97 el Director del Instituto Correccional de Mujeres Nro.13 de Santa Rosa, propone y eleva informe elaborado por la Sección Educación de la unidad, que da cuenta que O., durante el año 2016, cursó y aprobó la capacitación laboral en Operador de PC, curso de modalidad presencial en el Centro Laboral P.E. Nro.155 de Santa Rosa, con una duración de nueve meses, que inicio en el mes de febrero y culminó en el de diciembre, con una duración de 190 horas, gestionado por el Ministerio de Educación ─Dirección de Educación Permanente de Jóvenes y Adultos, Gobierno de La Pampa y mediante certificado expedido por el mismo organismo se acredita que finalizó y aprobó el Nivel de Educación Primaria que cursó durante el ciclo lectivo 2016 en el Centro Educativo P.E. Nro.158 de Santa Rosa, La Pampa Ello a los fines de la aplicación del estímulo educativo previsto en el art. 140 de la ley 24.660, texto según ley 26.695. Asimismo, acompaña certificados expedidos por el mencionado organismo.

El Consejo Correccional de la Unidad, mediante Acta N°81/17 (U.13), se expide de manera favorable respecto a la concesión del beneficio. e interpreta que, en caso de serle otorgado, corresponde la reducción en cuatro meses de los plazos requeridos para el avance a través de las distintas fases y períodos de progresividad del régimen penitenciario.

Fecha de firma: 16/06/2017 Alta en sistema: 22/06/2017 Firmado por: L.R.S., Juez de Ejecucion Penal Firmado(ante mi) por: M.C.Y., Secretaria de Ejecución Penal #28376018#181204581#20170616112258920 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL FBB 13095/2014/TO1/5 Que, al evacuar la vista que le fuera conferida la señora F. General detalla que se cuenta con un certificado correspondiente al curso de capacitación laboral de operador...

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