Sentencia de Sala A, 29 de Septiembre de 2015, expediente CPE 000415/2015/5/CA001

Fecha de Resolución29 de Septiembre de 2015
EmisorSala A

Poder Judicial de la Nación CAMARA PENAL ECONOMICO - SALA A CPE 415/2015/5/CA1 Reg. Interno N° 443/2015 INCIDENTE DE DEVOLUCIÓN DE C., F.C.;N.O., S.O. EN AUTOS:

C., F. C. Y OTROS S/ INF. LEY 22.415

E.. N° CPE 415/2015/5/CA1 - N° de orden 29.800 - Juzgado Penal Económico N° 3, Secretaría N° 6 - SALA “A”

Buenos Aires, 29 de septiembre de 2015.

VISTOS

Y CONSIDERANDO:

Lo manifestado por el Dr. M. J. R.

V. a fs. 54 y conforme está previsto en el artículo 443 del Código Procesal Penal de la Nación, SE

RESUELVE:

TENER POR DESISTIDO el recurso de apelación interpuesto y, en consecuencia, DEJAR SIN EFECTO la audiencia fijada para el día 14 de octubre del corriente. Con costas.

R., notifíquese, remítanse los autos principales al juzgado de origen y devuélvase.

E.S.H.N.M.P.R. JUEZ DE CAMARA JUEZ DE C.J.C.B. JUEZ DE...

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