Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza - CAMARA FEDERAL DE MENDOZA, 13 de Agosto de 2015, expediente FMZ 031015/2014/5/CA004
Fecha de Resolución | 13 de Agosto de 2015 |
Emisor | CAMARA FEDERAL DE MENDOZA |
Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - SALA B Mendoza, 13 de agosto de 2015.
VISTOS:
Los presentes autos Nº FMZ 31015/2014/5/CA4 caratulados “Incidente de Excarcelación de GONZÁLEZ, F.A. p/ Infracción ley 23.737 (Art. 5 Inc. C)”
venidos a esta Sala “B” en virtud del recurso de apelación interpuesto por la Defensa de la Sra. G., F.A. (fs. 9/11), en contra de la resolución dictada por el Sr. J. del Juzgado Federal Nº
1 de la Provincia de Mendoza, en cuanto no hizo lugar al beneficio excarcelatorio solicitado en favor del imputado (fs.5/8).
Y CONSIDERANDO:
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Que a fs.9/11 la defensa de la Sra. G. interpuso recurso de apelación, el que informa oralmente (fs. 18), contra la resolución del Sr. J. “a quo”, la que obra a fs. 5/8, en cuanto no hizo lugar al beneficio excarcelatorio solicitado por la defensa a fs.
1/3.
Sostiene la defensa técnica del imputado, que la resolución le causa gravamen, en cuanto a que no se dan los requisitos de peligro de fuga o entorpecimiento procesal.
Se soslaya la existencia de arraigo familiar y laboral y otros indicadores como neutralizantes del peligro procesal enunciados por el Sr. J. “a quo”.
Asimismo, agravia a la defensa la ausencia de fundamentos que justifique el apartamiento del precedente “O.B. de la CFCP”, como también del precedente “Vanderbroele” (Causa Nº FMZ 1832/2015/1/CA1).
Fecha de firma: 13/08/2015 Firmado por: R.J.N., J. de la Cámara Federal de Mendoza -Subrogante-
Firmado por: H.C.E., J. de la Cámara Federal de Mendoza -Subrogante-
Firmado(ante mi) por: R.H.M., Ante Mí. Secretario de Cámara 1
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En oportunidad de producir informe, el Sr.
Representante del Ministerio Público Fiscal, manifiesta que debe revocarse la resolución recurrida y en consecuencia hacer lugar al recurso impetrado, por no concurrir indicios de riesgo procesal de fuga.
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Que la causa tiene su origen con el Sumario de Prevención Nº 943/14, labrado en dependencias del Departamento de Lucha contra el Narcotráfico de la Policía de Mendoza, originado en virtud de una orden de allanamiento emitida para el día 23/10/2014, respecto de la vivienda ubicada en Barrio La Palaya, calle S., MI, C4, G.M..
Que según información anónima recibida por esa fuerza, en el domicilio mencionado se dedican a la venta de sustancias estupefacientes a toda hora (fs. 1 de autos principales).
En razón de ello, y demás informaciones complementarias, la fuerza de prevención comenzó a realizar vigilancias en el exterior del domicilio, pudiendo constatar la existencia de numerosos contactos realizados indistintamente entre dos sujetos (una mujer de contextura robusta, tez trigueña, entre 35 a 40 años y un hombre de entre 35 a 40 años de edad, contextura robusta y aprox. 1,65 de estatura), con terceros, correspondiéndose dichos movimientos con los típicos del tráfico de...
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