Incidente Nº 5 - ACTOR: BALUT, NÉLIDA DEMANDADO: AGUA Y ENERGIA ELECTRICA DE LA NACIÓN - SOCIEDAD DEL ESTADO - PEN s/INC EJECUCION DE HONORARIOS
Fecha de Resolución | 16 de Junio de 2021 |
Emisor | CAMARA FEDERAL DE SALTA - SALA I - SECRETARIA CIVIL 1 |
Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SALTA - SALA I
INC. EJECUCION DE HONORARIOS EN:
FLORES, RAMÓN Y OTROS Y OTRO C/ AGUA
Y ENERGIA ELECTRICA DE LA NACION –
SOCIEDAD DEL ESTADO-PEN S/ LEY 18.345
-EXPTE. N° FSA 21004267/1994/5/CA4
-JUZGADO FEDERAL DE SALTA N° 2-
ta, 16 de junio de 2021.
VISTO:
El recurso de apelación interpuesto por la demandada a fs. 111 del expediente digital.
CONSIDERANDO:
-
Que vienen las presentes actuaciones en virtud de la impugnación de referencia en contra de la resolución del 26/11/20, por la que el juez de la instancia anterior reguló los honorarios del Dr. R.S.L. por la labor desarrollada en la etapa de ejecución de honorarios de la CPN N.B. en la suma de $35.189,99 (pesos treinta y cinco mil ciento ochenta y nueve con noventa y nueve centavos) los que deberán ser abonados por la ejecutante, y por su actuación en el incidente de levantamiento de embargo en la de $7.037 (pesos siete mil treinta y ocho) a cargo de la ejecutada,
ambos montos con más el IVA correspondiente en caso de revestir el letrado la condición de responsable inscripto frente al tributo (cfr. fs. 110 del expte.
digital).
1
Fecha de firma: 16/06/2021
Firmado por: M.I.D.S., SECRETARIA DE CAMARA
Firmado por: L.R.R.B.C., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: E.S.E., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: SANTIAGO FRENCH, JUEZ DE CAMARA
Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SALTA - SALA I
-
Que la recurrente se agravió de la cuantía de los honorarios regulados por considerarla alta (fs. 111).
Corrido el traslado y no habiendo sido contestado por la parte actora se tuvo por decaído su derecho dejado de usar (fs. 116).
-
Que conforme surge de las actuaciones del expediente digital,
el caso en análisis es un proceso de ejecución de sentencia por honorarios de la C.P.N N.B., con solicitud de embargo hasta cubrir la suma de $220.524,02 con más accesorios y costas hasta su efectivo pago, el cual se efectivizó conforme surge a fs. 28.
Seguidamente, la apoderada de la demandada solicitó el levantamiento del embargo en virtud de haber requerido el impulso de pago de los estipendios debidos a la profesional contable con sus respectivos intereses,
respecto de lo cual, la parte actora solicitó su rechazo, siendo finalmente desestimado el incidente mediante resolución del 9/4/19 estableciéndose las costas a cargo de la perdedora (cfr. fs. 30/36, 45/46 y 52).
Citada en venta la ejecutada (art. 505 del CPCCN), su apoderada...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba