Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de La Plata - CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA III - SECRETARIA PENAL, 31 de Mayo de 2018, expediente CFP 011536/2015/49/CA007

Fecha de Resolución31 de Mayo de 2018
EmisorCAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA III - SECRETARIA PENAL

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA III CFP 11536/2015/49/CA7 8821/III La Plata, 31 de mayo de 2018.

VISTO: Este expte. CFP 11536/2015/49/CA7, “Incidente de excarcelación de G.M., W.A.”, procedente del Juzgado en lo Criminal y Correccional Federal Nro. 2 de Lomas de Z. y, CONSIDERANDO QUE:

  1. Con fecha 8 de mayo del corriente año, este Tribunal confirmó la decisión de fs. 6/9 y vta. que no hizo lugar a la excarcelación peticionada por W.A.G.M. (fs.

    29/31 y vta.).

    Contra esa decisión, la defensora oficial interpuso recurso de casación (fs. 32/35 y vta.).

    Expuso que en la sentencia no se ha demostrado cabalmente de qué modo su asistido podría entorpecer la investigación o adoptar una conducta contumaz.

    Asimismo consideró que los fundamentos de la decisión, no eran sólidos y razonables. Luego citó y analizó la jurisprudencia y la normativa aplicable al caso.

  2. La primera cuestión a analizar consiste en determinar si la decisión recurrida reviste el carácter de sentencia definitiva que exige el art. 457 del Código Procesal Penal de la Nación.

    Pues bien, conforme la jurisprudencia de la Cámara Federal de Casación Penal y de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, revisten dicho carácter no sólo las decisiones que ponen fin al pleito -situación que, claramente no se configura en el sub judice- sino también aquellas otras que Fecha de firma: 31/05/2018 Alta en sistema: 01/06/2018 Firmado por: C.A.V. , Firmado por: ANTONIO PACILIO, Firmado(ante mi) por: M.A.M., SECRETARIA FEDERAL #31120207#207641095#20180531132636566 Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA III CFP 11536/2015/49/CA7 8821/III en razón de sus efectos pueden ser equiparadas a tales.

    La denegación de la excarcelación resulta equiparable a sentencia definitiva por afectar un derecho que requiere tutela inmediata, en tanto restringe la libertad del imputado con anterioridad al fallo final de la causa y ocasiona un perjuicio que podría resultar de imposible reparación ulterior, tal como lo ha dicho la Corte Suprema de Justicia de la Nación (“Fallos”

    320:2105; 321:1328; 322:1605 y 2080).

    Sentado cuanto precede, se advierte que, como lo ordena el art. 463 del Código de forma, el recurso de casación ha sido interpuesto ante el Tribunal que dictó la resolución apelada y ello dentro del plazo de diez días de notificada. La pieza en examen -más allá de su acierto u error que constituyen aspectos que no corresponde a esta S. analizar en su juicio...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR