Sentencia de CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA A - SECRETARIA PENAL, 5 de Septiembre de 2022, expediente FRO 045287/2019/4/CA001

Fecha de Resolución 5 de Septiembre de 2022
EmisorCAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA A - SECRETARIA PENAL

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA A

FRO 45287/2019/4/CA1

Visto, en Acuerdo de la Sala “A”

integrada, el expediente nro. FRO 45287/2019/4/CA1

caratulado: “Incidente de Excarcelación de B., Alan s/

Infracción Ley 23.737”, originario del Juzgado Federal nº 3

de la ciudad de Rosario, del que resulta que:

El Dr. A.P. dijo:

1.- Se elevó la causa al Tribunal, en virtud del recurso de apelación interpuesto por la defensa técnica de A.B., contra la resolución del 23 de junio de 2022 dictada por el juez a cargo del Juzgado Federal nº 3

de la ciudad de Rosario, mediante la cual se rechazó la solicitud de excarcelación propuesta por la defensa.

2.- Al expresar los agravios, la defensa técnica de A.R.B. dijo que no se tuvo en cuenta que él no tiene antecedentes penales, que en el allanamiento a su morada no se le secuestró nada de interés para la causa y que no entorpeció la medida.

Indicó que, al ser la pena en abstracto,

no puede tomarse en consideración el máximo de élla para ese delito, ya que no se sabe si va a proceder.

Se agravió que no se haya tomado en cuenta nada de la documentación presentada por los distintos organismos oficiales y que no tiene antecedentes penales y posee suficiente arraigo, conforme el informe ambiental.

Cuestionó que en la toda la resolución no surgió el delito específico que se le imputó y que por ende,

se desconoce en qué carácter, si autor, coautor o participe.

Señaló que se debe tener en cuenta que tanto la doctrina como la jurisprudencia, tienen como principio fundamental el estado de libertad de la persona,

tomando como parámetros que éste no entorpezca, ni obstaculice el accionar de la justicia, ni se haya profugado.

Fecha de firma: 05/09/2022

Firmado por: A.P., JUEZ DE CÁMARA

Firmado por: V.M.M., SECRETARIA DE CAMARA 1

Firmado por: F.L.B., JUEZ DE CAMARA

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA A

FRO 45287/2019/4/CA1

Solicitó que se revoque la resolución de fecha 23 de junio de 2022 y que en lugar de la prisión preventiva, se aplique alguna de las alternativas menos gravosas previstas en el art. 210 del CPPF.

3.- Concedida la apelación, se elevaron los autos a la alzada e ingresados por sorteo informático en esta Sala “A”, se integró la Sala con el Dr. J.G.T.. Se designó audiencia a los fines previstos en el Artículo 454 del CPPN y se puso en conocimiento de las partes que conforme las Acordadas nº 43/2020 y 73/2020 de la CFAR,

dictadas en consonancia a lo ordenado por la CSJN, no se realizarían audiencias presenciales ante este Tribunal durante el lapso expresado en aquéllas. Agregados los memoriales presentados digitalmente por las partes, se dispuso el pase de las actuaciones al Acuerdo.

Y considerando que:

1.- Para analizar la peligrosidad procesal tengo en cuenta especialmente las pautas, los principios y reglas procesales recepcionadas jurisprudencialmente en el voto del Dr. P.D. dentro del fallo plenario de la Cámara Federal de Casación Penal “D.B., entre las que se encuentra la solvencia de la imputación.

En este sentido, la peligrosidad procesal no puede analizarse con una mirada exclusivamente teórica,

abstracta y alejada de la realidad donde se producen los hechos imputados y donde tendrá efecto esta sentencia.

Así, entre otras cosas, también debemos considerar los efectos inmediatos que tiene en la sociedad (en el barrio donde habita) la libertad de este imputado de narcotráfico, sobre quien existen pruebas importantes que acreditan su posible comisión de delitos graves.

Fecha de firma: 05/09/2022

Firmado por: A.P., JUEZ DE CÁMARA

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Firmado por: V.M.M., SECRETARIA DE CAMARA

Firmado por: F.L.B., JUEZ DE CAMARA

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA A

FRO 45287/2019/4/CA1

No puede dejar de advertirse que, sin lugar a dudas, el narcotráfico es la madre de delitos que se originan producto de la avidez de este tipo de delincuentes por perpetuar o mantener esa empresa criminal.

El narcomenudeo es una etapa dentro del referido flagelo y como es de público conocimiento genera múltiples delitos violentos conexos (homicidios, amenazas,

lesiones, abuso de armas, usurpación de propiedades, robos entre otros).

A diario, desde hace años, vemos reflejados en noticias periodísticas la inseguridad y la violencia que genera este delito complejo en los barrios de nuestra provincia.

Nadie duda que existe una vinculación directa entre la disputa territorial de bandas dedicadas al narcomenudeo y los homicidios, abuso de armas y amenazas que se multiplican en nuestra provincia.

Esa violencia tiene como víctimas inmediatas a los vecinos de esos barrios, que padecen la privación diaria de derechos elementales (al esparcimiento, a trabajar, acceder al transporte público, disfrutar del espacio público, plazas, veredas, etc.).

Son frecuentes los homicidios de vecinos o niños víctimas de balaceras originadas en esta disputa por la venta minorista de drogas, las que en muchos casos se desarrollan en inmediaciones de escuelas o centros deportivos barriales y ponen en riesgo la vida de inocentes.

También es de público conocimiento que a menudo deben suspenderse clases en escuelas producto de los enfrentamientos entre bandas en proximidades de establecimientos educativos o actividades recreativas.

Fecha de firma: 05/09/2022

Firmado por: A.P., JUEZ DE CÁMARA

Firmado por: V.M.M., SECRETARIA DE CAMARA 3

Firmado por: F.L.B., JUEZ DE CAMARA

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA A

FRO 45287/2019/4/CA1

El fenómeno del narcomenudeo no se circunscribe a los problemas de adicción o consumo que pueden tener algunos de sus autores (cuestión privativa de cada ciudadano y amparada por el artículo 19 de la C.N.), sino que también debe ser analizado desde los delitos conexos que genera (homicidios, robos, amenazas, lesiones, abuso de armas, corrupción policial), y que son padecidos por toda la sociedad, a la cual debemos proteger.

2.- El estudio realizado en abril del año 2021, sobre los homicidios que se produjeron en la jurisdicción que nos ocupa, efectuado por el Observatorio de Seguridad Publica (dependiente de la Secretaría de Política y Gestión de la Información, Ministerio de Seguridad de la provincia de Santa Fe), el Departamento de Informaciones Policiales D-2 (dependiente de la Policía de la Provincia de Santa Fe, Secretaría de Seguridad Publica, Ministerio de Seguridad) y la Secretaría de Política Criminal y Derechos Humanos (dependiente de la Fiscalía General, Ministerio Publico de la Acusación de la provincia de Santa Fe),

concluye, en base a datos objetivos que la mayoría de los homicidios violentos de nuestra provincia se motivan en disputas barriales, vinculadas al narcomenudeo y narcotráfico (enmarcados en el ámbito de la criminalidad compleja). Así,

…cuando se analiza para el departamento Rosario la distribución de las muertes violentas de acuerdo a los contextos en los que se sucedieron, se observa una presencia mayor que a nivel de la provincia o de La Capital de homicidios que se inscriben en tramas asociadas a organizaciones criminales y/o economías ilegales…

, como así

también expone que “Ocho de cada diez homicidios que tuvieron lugar durante el transcurso del 2021 en el departamento Rosario sucedieron en la vía publica…” (para ver el informe,

Fecha de firma: 05/09/2022

Firmado por: A.P., JUEZ DE CÁMARA

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Firmado por: V.M.M., SECRETARIA DE CAMARA

Firmado por: F.L.B., JUEZ DE CAMARA

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA A

FRO 45287/2019/4/CA1

https://www.santafe.gob.ar/ms/osp/informes/informe-mensual-

sobre-homicidios-en-provincia-de-santa-fe-abril-2021/).

Dichos índices objetivos y estadísticas que se mencionan en el informe citado, se ven reflejadas diariamente en distintas noticias periodísticas, como:

https://www.infobae.com/sociedad/policiale s/2020/02/17/el-abuelo-de-la-bebe-asesinada-en-rosario-es-un-

conocido-cocinero-de-cocaina-la-mataron-en-medio-de-un-

ajuste-de-cuentas/

(Florencia Corbalán y C.N.A., ambos de 21 años, se desplazaban en una moto Honda Tornado con su beba de un año y medio, A., cuando fueron víctimas de una gran cantidad de disparos de arma de fuego.

La hipótesis más concreta del triple crimen es la del ajuste de cuentas narco. Por las características del ataque y por testimonios (…) al menos el padre de la bebé “estaba amenazado”. Se sospecha que los disparos eran solo para C., que su mujer y su hija fueron víctimas colaterales, pero en el sicariato se maneja como “margen de error” el asesinato de personas inocentes)

• https://www.rosario3.com/noticias/Dos-

muertos-y-una-nena-muy-grave-en-feroz-balacera-en-zona-oeste-

20190302-0001.html (Diez personas, entre ellas tres menores de edad, fueron agredidas a balazos este viernes por la noche en la zona oeste. Entre las víctimas fatales hay una adolescente de 16 años que sufrió un disparo en el pecho. En tanto los niños heridos, tienen entre 5 y 9 años. La que se encuentra en peor estado es una nena de 5 años que sufrió un balazo en la cabeza y es atendida en el Vilela)

Fecha de firma: 05/09/2022

Firmado por: A.P., JUEZ DE CÁMARA

Firmado por: V.M.M., SECRETARIA DE CAMARA 5

Firmado por: F.L.B., JUEZ DE CAMARA

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FRO 45287/2019/4/CA1

• https://www.lacapital.com.ar/la-

ciudad/el-nene-herido-una-bala-perdida-esta-estable-y-sigue-

terapia-intensiva-n2521224.html (El nene de 8 años que fue blanco de una bala perdida que le impactó en la cabeza continuaba este domingo en terapia intensiva, luego de ser operado dos veces en el Hospital de N.V.J.V.. B. (…) estaba calentando para entrar a jugar en una de las canchitas del club P.V., de Garzón y S.. Fue en ese momento cuando el chico se desplomó y de su cabeza comenzó a emanar sangre)

https://www.lacapital.com.ar...

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