Sentencia de CAMARA FEDERAL DE CORRIENTES, 31 de Octubre de 2018, expediente FCT 001511/2018/4/CA001
Fecha de Resolución | 31 de Octubre de 2018 |
Emisor | CAMARA FEDERAL DE CORRIENTES |
Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CORRIENTES
FCT 1511/2018/4/CA1
Corrientes, treinta y uno de octubre de dos mil dieciocho.
Visto: las actuaciones Incidente de excarcelación de H., Yobel
Edgardo S/Infracción ley 23.737”, E.. Nº FCT 1511/2018/4/CA1 del registro
de este Tribunal, provenientes del Juzgado Federal de Corrientes Nº1.
Considerando:
Que ingresa este legajo a la alzada en virtud del recurso de apelación
interpuesto a fs. 18/21 por la defensa del imputado Y.E.H., contra
la Resolución de fecha 17 de septiembre de 2018 de fs. 9/16 vta. por medio de la
cual el juez de anterior grado denegó la solicitud de excarcelación impetrada por
el imputado.
En tal sentido, sostiene que no existen elementos fundantes suficientes,
que apoyen el encerramiento cautelar, el cual se viene prolongando por un plazo a
su modo de ver prolongado. Agrega que no ha tenido acceso a elementos
probatorios (escuchas), entendiendo que las mismas son las únicas que fundan la
supuesta participación de su defendido. Por otra parte, cita doctrina en apoyo del
carácter restrictivo con que debe aplicarse el encarcelamiento preventivo. Afirma
que sus lazos familiares y con la comunidad son muy fuertes. Cita el Pacto de San
J. de Costa Rica, en relación al derecho a la libertad personal (art. 7).
Al contestar la vista a fs. 34, el F. General S. expresa que no
adhiere al planteo de la defensa.
En oportunidad de celebrarse la audiencia oral, la defensa de H.
manifestó que la resolución en crisis no contaba con elementos fundantes, puesto
que en la misma no surge el resultado. Por ello, manifiesta que su defendido solo
realizó la transferencia del camión en cuestión, reiterando la falta de
fundamentación acerca de que por que debe continuar detenido el imputado.
Agrega que la misma hace referencia a que existe un peligro de fuga, pero no
esboza las razones por la cual debe estar detenido. Advierte una carencia de
elementos probatorios. Por otra parte sostiene que H. es un profesional del
derecho, con domicilio fijo y que mantiene a su familia, razón por la cual no
existe peligro de fuga. Finalmente advierte que el incidente en cuestión se demoró
23 días en elevarse a esta Cámara Federal de Apelaciones. Por último solicita se
otorgue la excarcelación del imputado, bajo la caución.
A su turno el fiscal subrogante, manifiesta su no adhesión al recurso,
argumentando que estamos frente a una causa compleja, donde se investiga la
existencia de una organización criminal, en la cual H. se habría contactado
con otras personas que todavía...
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