Sentencia de TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE GENERAL ROCA, 4 de Enero de 2018, expediente FGR 007425/2014/TO01/4

Fecha de Resolución 4 de Enero de 2018
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE GENERAL ROCA

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE GENERAL ROCA FGR 7425/2014/TO1/4 Incidente Nº 4 - IMPUTADO: MEDINA, DARDO ALEJENDRO s/INCIDENTE DE PRISION DOMICILIARIA General Roca, de enero de 2018.

AUTOS Y VISTOS:

El presente legajo caratulado “Incidente de prisión domiciliaria de MEDINA, D.A. en autos:

MEDINA, D.A. por infracción ley 23.737 (art. 5 inc. c)” (expte. nro. 7425/2014/TO1/4) puestos a despacho para resolver, y CONSIDERANDO:

  1. La presente incidencia se inició a raíz de la presentación realizada por el señor defensor particular, doctor L.F.C.D., incorporada a fs.

    4/9, oportunidad que solicitó la prisión domiciliaria en favor de su pupilo en los términos y con los alcances contemplados en el art. 32 inc. f) de la ley 24.660.

    Es así que acompañó copia del certificado único extendido por la Junta de Certificación de Discapacidad del Ministerio de Salud de la provincia de La Rioja, donde detalla que la señora A.T.D. presenta anormalidades de la marcha y movilidad, dorsalgia y artritis reumatoide no especificada, conforme fs. 1.

    Por su parte y para demostrar el vínculo entre el condenado y la señora DELAGUILA, a fs. 2/3 se aportó copia del acta de matrimonio nro. 321, tomo nro. 157.

    Finalmente, requirió que el arresto domicilio sea en la finca conyugal, sita en el barrio Urbano 36, manzana 15 de la ciudad de La Rioja, provincia homónima.

  2. Formada la incidencia, se le corrió vista a la señora F. General, quién a fs. 11 y tras realizar una reseña del caso, solicitó que previo a evaluar la pertinencia o no del pedido realizado, se requiera la realización de una serie de informes médicos, socio ambientales y de conducta, tanto del condenado como de su esposa.

  3. Es así que a fs. 24 luce el informe realizado por el galeno A.O.Z., integrante Fecha de firma: 04/01/2018 Firmado por: A.M.M., JUEZ DE EJECUCION Firmado(ante mi) por: J.F.A., SECRETARIO AD HOC #30488588#197248463#20180104111014748 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE GENERAL ROCA FGR 7425/2014/TO1/4 del Cuerpo Médico Forense de La Rioja, donde detalla que la señora DELAGUILA a fin de determinar su discapacidad fue examinada en su domicilio particular. Señala que al interrogatorio se mostró lúcida, orientada en tiempo y espacio, se moviliza con ayuda de bastón por patología de hernia de disco L4L5 y síndrome vertiginoso.

    Explicó el profesional que refirió intensos dolores lumbares e irrumpió el dialogo con episodios de llanto, padece patología de columna vertebral por lo que requirió de varias cirugías correctoras. Se encuentra medicada, además presenta fibromialgia y artritis reumatoidea. Apuntó cuadro de síndrome depresivo reactivo a situación familiar (desmembramiento de núcleo familiar), con episodios de intentos de suicidios, que al momento del dialogo llora y persiste con la idea de autoeliminación.

    Finalmente, el doctor Z. concluyó que la señora DELAGUILA “(…) padece de patología crónica invalidante que requiere de terceros y es potencialmente de riesgo”.

    Asimismo, a fs. 44/48 la Lic. Jésica FERNÁNDEZ, perteneciente a la Dirección General de Desarrollo Humano de la Municipalidad de La Rioja, acompañó informe socio ambiental detallando la situación socio familiar y su dinámica, las condiciones de vivienda, la situación económica de la señora DELAGUILA y la referencia vecinal, en tal aspecto A.M. manifestó que la causante se encuentra sola y...

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