Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Posadas, 21 de Diciembre de 2016, expediente FPO 007347/2013/TO01/3/4
Fecha de Resolución | 21 de Diciembre de 2016 |
Emisor | TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE POSADAS - SECRETARIA EJECUCION PENAL |
Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE POSADAS FPO 7347/2013/TO1/3/4 Posadas, 21 de diciembre del año 2016 AUTOS Y VISTOS:
Para resolver en el presente Incidente de Ejecución Nº
FPO 7347/2013/TO1/3/4 caratulado “SOTELO, J.R. S/
INCIDENTE DE LIBERTAD CONDICIONAL” (Expte. P.. FPO n°
7347/2013/TO1/3 caratulado “S., J.R. s/ Ejecución de Sentencia”), la procedencia de la libertad condicional del encartado J.R.S.; Y CONSIDERANDO:
Que, J.R.S., argentino, titular de la cédula de identidad N° 28.017.282, fue condenado el día 24 de febrero del año dos mil quince, por el Excmo. Tribunal Oral en lo Criminal Federal de esta ciudad, en la causa N° FPO 7347/2013/TO1 caratulado “SOTELO, J.R. s/ INFRACCIÓN LEY 23.737. SOLICITANTE; DIRECCIÓN DE TOXICOMANIA – POLICIA DE PROVINCIA DE MISIONES”, a la pena de CUATRO AÑOS DE PRISIÓN, más la multa mínima y accesorias legales y costas, como AUTOR penalmente responsable del delito de TENENCIA DE ESTUPEFACIENTES CON FINES DE COMERCIALIZACIÓN.
Que, por cuerda al Legajo de Ejecución Penal, corre el Incidente Nº FPO 7347/2013/TO1/3/1 en el que el causante con fecha 21 de junio de 2016 ha sido beneficiado con la aplicación del art. 140 de la Ley 24.660 y obtuvo la reducción de los plazos previstos en dicha modificatoria en un total de un (1) mes, y practicado que fue el NUEVO cómputo de pena, resulta que SOTELO cumplirá el tiempo requerido para alcanzar el periodo de Libertad Condicional a partir del día 26 de diciembre del corriente año.
Encontrándose radicada la presente causa por ante el Juzgado de Ejecución Penal Federal, y teniendo en cuenta los informes remitidos por la U-17 del S.P.F. de Candelaria lugar donde cumple condena el nombrado, se solicitaron informes actualizados al Registro Nacional de Reincidencia a fin de poder resolver su pedido de libertad condicional.
De las documentales remitidas por la citada Fecha de firma: 21/12/2016 Firmado por: NORMA LAMPUGNANI , JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: A.F., SECRETARIO DE JUZGADO #29071533#169470121#20161221082545985 institución surge que el domicilio fijado a los fines del art. 13 inc. 1º del Código Penal se sitúa en calle J. y Los Paraísos, Barrio Ripiera de la localidad de Garupá, Provincia de Misiones, lugar de residencia de la ciudadana R.S. – concubina-.
Atinente a su desenvolvimiento durante la privación de libertad, se destaca que ingresó a la fase de observación el 12/06/15, a la...
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