Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de La Plata - TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL DE LA PLATA NRO. 1 - SECRETARIA, 23 de Mayo de 2018, expediente FLP 000373/2011/TO01/38

Fecha de Resolución23 de Mayo de 2018
EmisorTRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL DE LA PLATA NRO. 1 - SECRETARIA

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL DE LA PLATA NRO. 1 373/2011 Incidente Nº 38 - IMPUTADO: FELIX, R.A. s/INCIDENTE DE AUTORIZACION DE SALIDA La Plata, 23 de mayo de 2018.

AUTOS Y VISTOS: el presente incidente N° 373/2011/TO1/38, caratulado

F., R. s/ Incidente de autorización de salida

, en trámite ante

este Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 1 de La Plata; y CONSIDERANDO:

  1. Que a fs. 69 de estas actuaciones, obra un escrito en el cual la Dra. Rosana

    C. Peralta refiere que al ya haber sido otorgada la autorización a Roberto Armando

    Félix para concurrir al Cementerio de Avellaneda el día 21 de mayo de 2018, ésta se

    amplíe con la finalidad de presentarse en el Banco Columbia de la localidad de

    Avellaneda en relación con su beneficio de pensión, lo que debe hacer el día 23

    siguiente, fundando el pedido en la evitación de un dispendio jurisdiccional.

  2. Este Tribunal mediante proveído obrante a fs. 70 no hizo lugar a lo

    solicitado por no referirse a una situación contemplada en el art. 166 de la ley 24.660

    y el art. 496 del C.P.P.P. De todos modos, se ordenó correr vista ala Unidad Fiscal

    Federal con el objeto de dictaminar la autorización solictada por el imputado en autos

    para el día 23 del corriente mes y año.

  3. Que consecuentemente, se corrió vista al Ministerio Público Fiscal,

    siendo ésta contestada por el Dr. J., F. de la Unidad

    Fiscal Federal creada por Resolución PGN 46/02.

    En dicha presentación, obrante a fs. 71, manifestó no tener objeciones en

    cuanto a la autorización solicitada por la defensa de F., siempre y cuando el

    trámite de supervivencia requiera su realización personal y no permita el uso de

    apoderados Asimismo, solicitó que en caso de hacerse lugar al pedido de la defensa, se

    disponga que el imputado concurra acompañado por su fiadora y se le imponga

    informar de manera inmediata el retorno al domicilio donde cumple su detención.

  4. De conformidad con el planteo realizado con el Ministerio Público

    Fiscal, el secretario actuante se comunicó con el Banco Columbia de la localidad de

    Avellaneda donde le informaron que el trámite se supervivencia necesario en el

    marco del beneficio de la pensión se realiza en dicha institución a través de una

    máquina proveída por el ANSES a esos fines, en la cual la persona debe apoyar su

    pulgar a fin de que sea controlada su huella digital, motivo por el cual es un trámite

    personal.

    Fecha de firma: 23/05/2018 Firmado por: P.D.V., JUEZ SUBROGANTE Firmado por...

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