Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Bahía Blanca - TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE BAHÍA BLANCA - SECRETARIA, 15 de Febrero de 2019, expediente FBB 010821/2014/TO01/36

Fecha de Resolución15 de Febrero de 2019
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE BAHÍA BLANCA - SECRETARIA

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL FBB 10821/2014/TO1/36 ACOSTA, H.D. s/INCIDENTE DE ESTIMULO EDUCATIVO hia Blanca, de febrero de 2019.-

AUTOS Y VISTOS:

Para resolver en el presente incidente FBB 10821/

2014/TO1/36, caratulado: “INCIDENTE DE ESTIMULO EDUCATIVO DE ACOSTA, H.D. EN AUTOS: ACOSTA, H.D.P.I. LEY 23.737 (ART. 5 INC.C)”, del registro de este Tribunal Oral en lo Criminal Federal, Y CONSIDERANDO:

  1. Que a fs. 16 el Dr. L.G.T. solicitó se aplique el beneficio de estímulo educativo previsto en el art. 140 de la ley 24.660 respecto de su pupilo H.D.A., acompañado en fotocopia el boletín de calificaciones correspondiente. A los mismos fines, la Dra. B.S. como codefensora del imputado, presenta el original del Boletín de Calificaciones (confr. fs. 21/22).

  2. Que ordenada la elaboración de los informes previstos en el art. 140 de la ley 24.660, los mismos obran a fs. 23/24 del presente.

    A fs. 23 corre agregado el Informe Educativo de la Sección Educación del Establecimiento Penitenciario Colonia Penal U.12 de Viedma. Surge del mismo que para el ciclo lectivo 2018 el interno fue inscripto al 1er año del Nivel Medio, dependiente del C.E.N.S. Nº8 –Anexo I, al cual asistió de manera regular con un rendimiento bueno, logrando finalizar el ciclo lectivo sin adeudar materias, quedando afectado de ese modo para el presente ciclo lectivo a 2do. Año del Nivel Medio. Se concluye en que correspondería la aplicación de los incisos a) y c), según lo establecido por la ley 26.695.

    A fs. 24 luce agregada el Acta Nº 56/2019 (C.C.- U.12)

    elaborada por el Consejo Correccional, de la que se desprende que analizado convenientemente el informe producido por la Sección Educación, los miembros del mismo no tienen objeciones que formular en relación a la aplicación del inciso a) en favor del interno H.D.A.. Asimismo Fecha de firma: 15/02/2019 Firmado por: R.D.A. Firmado(ante mi) por: M.C.Y., Secretaria de Cámara #32597204#226713980#20190213144200498 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL FBB 10821/2014/TO1/36 ACOSTA, H.D. s/INCIDENTE DE ESTIMULO EDUCATIVO se señala que ese Consejo ya ha tratado la solicitud de aplicación del inciso c)

    por estudios primarios mediante Acta Nº 894/2018 (C.C.- U.12) de fecha 24 de octubre de 2018 por E.. “A” 1193/18.

  3. Que al evacuar la vista que le fuera conferida, el Señor Fiscal General dictaminó a fs. 26 que consta en autos que A. cursó

    y aprobó el primer año de la enseñanza...

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