Incidente Nº 34 - IMPUTADO: HUERGO, MATIAS LUIS (SECSA - ARCADIO) s/ACTUACIONES COMPLEMENTARIAS
Fecha | 20 Diciembre 2021 |
Número de expediente | FSA 024746/2017/34 |
Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SALTA - SALA I
FSA 24746/2017/34
Salta, 17 de diciembre de 2021.
Y VISTA:
Esta causa nro. FSA 24746/2017/34
caratulada: “H., M.L.; M.S., A.J. por infracción a la ley 24.769 s/ actuaciones complementarias”, originaria del Juzgado Federal nro. 1 de Salta;
y RESULTANDO:
Que en contra del auto dictado por esta Sala el 26/11/21 por el que se confirmó el rechazo del planteo de inconstitucionalidad del artículo 352 del CPPN por parte de la defensa de M.S., esa parte interpuso recurso de casación.
El recurrente funda la admisibilidad de la vía en el artículo 456 inciso 2° del C.P.P.N, por considerar que no se observaron las normas procesales sobre la intervención del imputado en la etapa crítica del proceso, lo que entiende se vincula con los artículos 166, 167 inciso 3° y 168 del mismo código.
Sostiene que si bien coincide con que la declaración de inconstitucionalidad de una norma es la última ratio del orden jurídico, ello no alcanza para descartar casos en los cuales existe una notoria contradicción con la Constitución Nacional y los tratados internacionales de Derechos Humanos.
Tras un desarrollo sobre la etapa crítica del proceso instaurado por el C.P.P.N y de las fuentes de su artículo 352, señala que el contradictorio que fue “elogiado” ante la Fecha de firma: 20/12/2021
Firmado por: L.R.R.B.C., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: M.G.D., SECRETARIO DE CAMARA
Firmado por: SANTIAGO FRENCH, JUEZ DE CAMARA 1
Firmado por: A.A.C., JUEZ DE CAMARA
Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SALTA - SALA I
FSA 24746/2017/34
posibilidad de recurrir el procesamiento, no se reitera cuando la defensa requiere la revisión del auto de elevación a juicio, y que de hacerse lugar a su pretensión, se evitarían las demoras y el desgaste que implica un juicio oral.
Cita doctrina en sustento de su postura, y sostiene que el activismo de los jueces es imprescindible para resolver la “desactualización” del C.P.P.N, mediante el control de constitucionalidad que permita una nueva revisión del auto de apertura.
Invoca los casos conocidos como “Pacto con Irán” y “Hoteles Sur- Los Sacues” en los que los Tribunales Orales nros. 8 y 5 de la C.A.B.A dictaron sobreseimientos con prescindencia del juicio oral, lo que a su entender relativiza la idea del juicio oral como un instituto ampliatorio de los derechos de defensa.
Reitera los fallos dictados por la Corte Interamericana de Derechos Humanos...
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