Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza - CAMARA FEDERAL DE MENDOZA, 3 de Marzo de 2016, expediente FMZ 004733/2013/34/CA017

Fecha de Resolución 3 de Marzo de 2016
EmisorCAMARA FEDERAL DE MENDOZA

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE MENDOZA FMZ 4733/2013/34/CA17 Mendoza, 03 de marzo de 2016.

Y VISTOS:

Los presentes n° FMZ 4733/2013/34/CA17, caratulados: “Incidente de

excarcelación en autos T., E. E. p/ privación ilegal libertad personal –

privación ilegal de libertad (art. 144 bis, inc. 1º) – imposición de tortura (art. 144 ter, inc. 1º)”,

originarios del Juzgado Federal nº 2 de San Juan y venidos a esta Sala “A” de la Cámara Federal

de Apelaciones de Mendoza; Y CONSIDERANDO:

I.Que a fs. 21/22 la defensa del encartado E. deduce

recurso de apelación contra el interlocutorio de fs. 16/20, peticionando se conceda el beneficio

de la libertad a su pupilo, señalando que el Juez de grado inferior se apresura en negar la

libertad del recurrente tomando solamente como parámetro la amenaza de pena que sobre él

recae. Se presume que el imputado evadirá la justicia sin hacer una valoración particular de las

circunstancias específicas del caso. Funda su petición en las garantías constitucionales y supra

constitucionales que tienen como objeto la libertad durante el proceso.

Asimismo alude al plenario “D.” y la obligatoriedad de los jueces

inferiores de fundar esta grave medida cautelar no solo en el monto de la pena, sino en el

efectivo y real peligro de fuga o entorpecimiento de la justicia.

II. Que celebrada la audiencia fijada en los términos del art. 454 del Código

Procesal Penal de la Nación, concurrieron las partes (defensa y fiscalía) quienes presentaron sus

informes (fs. 27/29 y 30 y vta., respectivamente), esgrimiendo argumentos a los que nos

remitimos brevitatis causae.

III. Que encontrándose los presentes autos en estado de resolver, este

tribunal entiende que corresponde acoger la apelación deducida y revocar el decisorio

cuestionado.

En efecto, como acertadamente lo propicia el F. General ante esta

Cámara Federal, el caso del sub júdice guarda identidad con la situación de Miguel Ángel

Bergounián donde está Alzada recientemente ordenara su procesamiento ‘sin prisión preventiva’

(autos FMZ 4733/2013/14/CA3, caratulados: “Legajo de apelación en autos MEGÍAS, Miguel

Angel Nicolás; BERGOUNIAN, M. y; LÓPEZ, M. p/ privación ilegal

libertad personal, privación ilegal de libertad (art. 144 bis, inc. 1), imposición de tortura (art.

144 ter. inc.1)”, de fecha 21 de diciembre de 2015.

Fecha de firma: 03/03/2016 Firmado por: R.J.N., JUEZ DE CÁMARA SUBROGANTE Firmado por: C.A.P., JUEZ DE CAMARA SUBROGANTE Firmado(ante mi) por: D.A.D...

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