Sentencia de Cámara Federal de Casación Penal - CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 2, 1 de Octubre de 2020, expediente FSM 010437/2016/TO01/32/CFC011

Fecha de Resolución 1 de Octubre de 2020
EmisorCAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 2

Cámara Federal de Casación Penal Sala II

Causa Nº FSM

10437/2016/TO1/32/CFC11

A., E.R. s/ recurso de casación

Registro nro.: 1529/20

Buenos Aires, 1 de octubre de 2020.

AUTOS Y VISTOS:

Reunidos los miembros de la Sala Segunda de la Cámara Federal de casación Penal, doctores G.J.Y.,

A.W.S. y C.A.M., bajo la presidencia del primero de los nombrados, de manera remota y virtual de conformidad con lo establecido en las acordadas N° 27/20 y ccds. de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y N° 15/20

y ccds. de este cuerpo, para decidir acerca de la admisibilidad del recurso de casación interpuesto en la presente causa N° 10437/2016/TO1/32/CFC11 del registro de esta Sala, caratulada “A., E.R. s/recurso de casación”.

Y CONSIDERANDO:

El señor juez doctor G.J.Y. dijo:

  1. Que el Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 3 de San Martín, el día 19 de diciembre de 2019, en lo que aquí

    interesa, resolvió: “

  2. NO HACER LUGAR a la solicitud de excarcelación efectuada por el Defensor Público Coadyuvante en favor de E.R.A., bajo ningún tipo de caución (arts. 221 y 222 del CPPF).

  3. NO HACER LUGAR al arresto domiciliario del nombrado, como la morigeración de la prisión preventiva (art. 210 del CPPF)”.

    Fecha de firma: 01/10/2020

    Firmado por: A.W.S., JUEZ DE CAMARA DE CASACION

    Firmado por: M.A.T.S., SECRETARIA DE CAMARA

    Firmado por: C.A.M., JUEZ DE CAMARA DE CASACION 1

    Firmado por: G.J.Y., JUEZ DE CAMARA DE CASACION

    Contra ese pronunciamiento la defensa pública oficial del imputado interpuso recurso de casación, que fue concedido por el a quo el pasado 10 de enero.

  4. El planteo, en el caso, cuestiona una resolución que denegó tanto la excarcelación como la morigeración de la prisión preventiva solicitada en favor de E.A.. Si bien ese tipo de decisiones resultan equiparables a sentencia definitiva, ya que pueden ocasionar un perjuicio de imposible reparación ulterior al afectar un derecho que exige tutela judicial inmediata (Fallos: 310:1835; 310:2245; 311:358;

    314:791; 316:1934, 328:1108, 329:679, entre otros), lo cierto es que el ejercicio de la jurisdicción revisora de esta alzada habrá de habilitarse cuando medie, debidamente fundada, una cuestión federal.

  5. Ahora bien, en el caso en estudio, a mi entender, la defensa no ha logrado demostrar la existencia de un agravio federal que permita hacer excepción a aquel principio general,

    toda vez que su crítica expresó un mero disenso con la fundamentación brindada en la resolución impugnada, pero sin acreditar el yerro que invocó.

    Ello, por cuanto del analisis de las constancias traídas a conocimiento de este Tribunal, de adverso a lo argüido por la defensa en el recurso de casación, surge que el a quo ha ponderado los elementos de juicio necesarios para fundar la decisión...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR