Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Bahía Blanca - TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE BAHÍA BLANCA - SECRETARIA, 26 de Junio de 2019, expediente FBB 012000007/2011/TO04/32

Fecha de Resolución26 de Junio de 2019
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE BAHÍA BLANCA - SECRETARIA

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL FBB 12000007/2011/TO4/32 Incidente Nº 32 - IMPUTADO: LARRIAGA, M.G. s/INCIDENTE DE CESE DE PRISION PREVENTIVA Bahía Blanca, 26 de junio de 2019.

AUTOS Y VISTOS:

Para resolver en el presente incidente N.. FBB 12000007/2011/TO4/32,

caratulado: “INCIDENTE DE CESE DE PRISIÓN PREVENTIVA DE

LARRIAGA, M.G., del registro de este Tribunal Oral en lo

Criminal Federal de Bahía Blanca,

Y CONSIDERANDO:

  1. Que a fs. 1/4, el señor Defensor Particular D.S.M.

    solicitó el cese de prisión preventiva, con fundamento en que el imputado no reúne las

    condiciones necesarias para mantener prorrogada la misma.

    En este orden, sostuvo la improcedencia e inconstitucionalidad de la

    prisión preventiva mientras su condena no este firme, por aplicación del principio de

    inocencia, máxime porque el encausado se encuentra cumpliendo la mitad de su pena

    de forma preventiva y la firmeza de su condena aún avizora por lo menos dos

    instancias más –Recurso de Casación y Recurso Federal–.

    Puntualizó que la prisión preventiva como excepcional no puede tener

    alguna de las finalidades propias de la pena, la detención preventiva, como medida

    cautelar, sólo puede tener fines procesales. De esta manera, el “carácter procesal de

    la detención significa que la coerción (la privación de libertad) se utiliza para

    garantizar la correcta averiguación de la verdad y la actuación de la ley penal”

    Por último, fundó su solicitud a partir de la inexistencia de peligro de fuga

    y finalización de la etapa de investigación.

    Citó jurisprudencia y subsidiariamente peticiona arresto domiciliario de su

    defendido, aportando domicilio y responsable para su guarda.

    Fecha de firma: 26/06/2019 Firmado por: M.J.A., Juez de Cámara Firmado por: O.E.A., JUEZ DE CAMARA Firmado por: P.E.L., PRESIDENTE Firmado(ante mi) por: M.C.Y., Secretaria de Cámara #33664509#237148212#20190626132531599 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL FBB 12000007/2011/TO4/32 Incidente Nº 32 - IMPUTADO: LARRIAGA, M.G. s/INCIDENTE DE CESE DE PRISION PREVENTIVA 2. Que previo a correr la vista correspondiente al Ministerio Público F.,

    la Actuaria informó que M.G.L. fue detenido fecha 6 de

    septiembre de 2014, manteniéndose en esa situación hasta la actualidad.

    Asimismo, mencionó que el día 31 de marzo de 2017 la Sala II de la

    Cámara Federal de Casación Penal tomó nota bajo el Registro nº 314/17, de la

    prórroga de la prisión preventiva por el término de seis meses a partir del 5 de marzo

    de ese año.

    Además, indicó que el día 16 de marzo del 2017 fue condenado por

    sentencia –aún no firme– a la pena de doce (12) años de prisión por considerarlo autor

    penalmente responsable del delito de comercialización de estupefacientes agravado por

    la intervención de tres o más personas organizadas para cometerlo, y se declaró

    reincidente por segunda vez (art. 5 inc. c) y 11 inc. c) de la Ley 23.737).

    Finalmente, el 1 de octubre de 2018 a Cámara Federal de Casación Penal

    resolvió hacer lugar parcialmente al recurso interpuesto por las partes, anuló la

    sentencia respecto del monto de la pena impuesta en lo que a las sanciones se refiere,

    no encontrándose firme ya que tramita un Recurso de Queja ante la Corte Suprema de

    Justicia de la Nación bajo el expediente 12000007/2011/TO4/26/1/1.

  2. Que el señor F. General, al evacuar la vista que le fuera conferida a

    fs. 9, opinó que corresponde desestimar el pedido de cese de prisión preventiva.

    En primer lugar, tuvo en cuenta que más allá de como fuera titulado el

    presente incidente –cese de prisión preventiva–, similar planteo fue resuelto en el

    marco del incidente 27 donde se denegara un pedido de excarcelación.

    Añadió que fueron argumentos que también receptó la Cámara de Casación

    Penal al confirmar la improcedencia de conceder al interno de marras la excarcelación

    pretendida u otra forma de morigeración de la prisión preventiva.

    Además, expresó que si bien la sentencia recaída en los autos principales

    no se encuentra firme, debe destacarse que...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR