Sentencia de Cámara Federal de Casación Penal - CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 2, 6 de Octubre de 2020, expediente FSM 041971/2018/TO01/30/CFC001
Fecha de Resolución | 6 de Octubre de 2020 |
Emisor | CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 2 |
Sala II
Causa Nº FSM
41971/2018/TO1/30/CFC1
G., G.G. s/ incidente de prisión domiciliaria
Cámara Federal de Casación Penal Registro nro.: 1567/20
Buenos Aires, 6 de octubre de 2020.
AUTOS Y VISTOS:
Reunidos los miembros de la Sala Segunda de la Cámara Federal de Casación Penal, doctores G.J.Y.,
A.W.S. y C.A.M., bajo la presidencia del primero de los nombrados, de manera remota y virtual de conformidad con lo establecido en las Acordadas 27/20 y concordantes de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y 15/20 y concordantes de esta Cámara, para decidir acerca de la admisibilidad del recurso de casación interpuesto en la presente causa Nº FSM 41971/2018/TO1/30/CFC1 del registro de esta Sala, caratulada: “G., G.G. s/ incidente de prisión domiciliaria”.
Y CONSIDERANDO:
El señor juez doctor C.A.M. dijo:
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El Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional Federal Nº 5 de San Martín, el 13 de febrero de 2020, no hizo lugar a la solicitud de morigeración de la prisión preventiva efectuada en favor de G.G.G..
Contra esa decisión, la defensa interpuso recurso de casación que fue concedido el 28 ese mismo mes.
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El recurso interpuesto resulta inadmisible en tanto no incluye argumentos suficientes ni una crítica razonada que logre conmover la decisión adoptada por el a quo.
En efecto, y de adverso a lo sostenido por la defensa, el a quo concluyó correctamente la improcedencia, en el caso Fecha de firma: 06/10/2020
Firmado por: A.W.S., JUEZ DE CAMARA DE CASACION
Firmado por: M.A.T.S., SECRETARIA DE CAMARA
Firmado por: C.A.M., JUEZ DE CAMARA DE CASACION 1
Firmado por: G.J.Y., JUEZ DE CAMARA DE CASACION
concreto, de la morigeración de detención en los términos del artículo 210 del C.P.P.N.
Recordó, en primer lugar, que G.G.G. fue requerido a juicio por el delito de tráfico de estupefacientes en su modalidad de comercio agravado por la intervención de tres o más personas organizadas para cometerlo en concurso real con tenencia ilegal de arma de guerra (artículos 189 bis 2°, segundo párrafo, del CP y 5°, inciso “c”, y 11, inciso “c” de la ley 23.737); que se encuentra detenido ininterrumpidamente desde el 29 de octubre de 2018;
las circunstancias de modo, tiempo y lugar que rodearon la detención de los imputados; la cantidad de material estupefaciente, armas de fuego y vehículos con pedido de secuestro activo incautados en los procedimientos practicados y la circunstancia de que existen tres personas prófugas sobre las...
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