Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Bahía Blanca - TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE TIERRA DEL FUEGO - SECRETARIA EJECUCION PENAL, 6 de Noviembre de 2019, expediente FCR 018519/2016/TO02/30

Fecha de Resolución 6 de Noviembre de 2019
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE TIERRA DEL FUEGO - SECRETARIA EJECUCION PENAL

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE TIERRA DEL FUEGO FCR 18519/2016/TO2/30 Incidente Nº 30 - IMPUTADO: TORRES, FRANCO DAVID s/INCIDENTE DE SALIDAS TRANSITORIAS uaia, 6 de noviembre del 2019.

AUTOS Y VISTOS:

Para resolver en la presente causa FCR 18519/2016/TO2/30 -

Incidente Nº 30 - IMPUTADO: TORRES, FRANCO DAVID s/INCIDENTE DE SALIDAS TRANSITORIAS; Y CONSIDERANDO:

  1. Que a fs. 33/ss el D.W.W., letrado defensor de F.D.T. interpuso recurso de casación contra lo decidido a fojas 29/30, en el cual se resolvió no hacer lugar a la solicitud del interno de ser incorporado al régimen de salidas transitorias formulado por esa parte (art. 15 “a contrario sensu” y 17 de la ley 24.660).

    La parte criticó la decisión por entender era arbitraria y carecer de fundamentación, con abundante cita doctrinaria, señalando que la opinión del servicio penitenciario no era determinante y que la misma debía verse sometida a las reglas de la valoración de la prueba –sana crítica- y que se debió hacer una audiencia para escuchar a esa parte y al Ministerio Público Fiscal y analizar exhaustivamente los argumentos del Consejo Fundamentó la viabilidad de su pretensión conforme las disposiciones de los arts. 18 de la C.N.,14.1 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y art. 8, párrafo primero de la Convención Interamericana de Derechos Humanos, en cuanto establece el derecho a acceder a la justicia, mediante un recurso efectivo y rápido; ser oído por un Tribunal independiente e imparcial, en el ámbito nacional e internacional.

    Fecha de firma: 06/11/2019 Alta en sistema: 07/11/2019 Firmado por: DRA. A.M. D´ALESSIO, JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: C.V.V., SECRETARIO DE CÁMARA #34033246#248499267#20191107144300059 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE TIERRA DEL FUEGO FCR 18519/2016/TO2/30 Incidente Nº 30 - IMPUTADO: TORRES, FRANCO DAVID s/INCIDENTE DE SALIDAS TRANSITORIAS Agregó, además que recurría la decisión en orden a lo normado en el art. 491, segundo párrafo, del C.P.P.N.

    De tal forma solicitó se elevara la causa a la casación se hiciera lugar al planteo de arbitrariedad –art. 123 del C.P.P.N- y se hiciera lugar a la salida transitoria solicitada por esa parte .

  2. Que el recurso fue interpuesto en el plazo legal –art.463 del C.P.P.N.-.

    III – En primer lugar, el planteo que hace la parte carece de fundamento para habilitar la vía que intenta.

    Siendo que los argumentos que se critican de la decisión de fecha 23 de...

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