Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán, 30 de Julio de 2014, expediente FTU 750019/2007/3

Fecha de Resolución30 de Julio de 2014
EmisorCAMARA FEDERAL DE TUCUMAN

750019/2007 Incidente Nº 3 - QUERELLANTE: SECRETARÍA DE DERECHOS HUMANOS DE LA NACIÓN Y OTROS IMPUTADO: HERRERA, R.W. s/INCIDENTE DE NULIDAD Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE TUCUMAN San Miguel de Tucumán, de 2014.

AUTOS Y VISTO: El recurso de apelación interpuesto por la defensa del imputado R.W.H. y CONSIDERANDO:

Que la defensa de R.W.H. articula recurso de apelación contra la sentencia de fecha 20 de marzo de 2014 por medio de la cual se decide no hacer lugar a la nulidad por ausencia de juez natural.

El recurso es deducido a fs.28/30, mantenido a fs.

111/112 y presentado informe de agravios por escrito a fs. 48/50.

La defensa considera, en primer lugar, que en el presente proceso se ha conculcado su defendido el principio constitucional del juez natural, contenido en los arts. 18, 75 inc. 22, de la CN, como así también los arts.166, 167 inc. 1 y 2 del CPPN.

Analiza los antecedentes de la justicia militar, como competente para entender y sentenciar a los militares.

Entiende que la normativa militar estaba en plena vigencia para los militares, al momento de los hechos en estudio (1976/1983).

Afirma que su defendido, al haber sido Mayor del Ejército Argentino, en esa época, corresponde la aplicación del Código de Justicia Militar y la jurisdicción que emana de dicha norma de rito.

750019/2007 Incidente Nº 3 - QUERELLANTE: SECRETARÍA DE DERECHOS HUMANOS DE LA NACIÓN Y OTROS IMPUTADO: HERRERA, R.W. s/INCIDENTE DE NULIDAD Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE TUCUMAN Entiende que rechazar el planteo nulificante planteado, no solo muta de manera inconstitucional la tradición jurídica de la justicia militar, sino que deja de lado principio de especificidad del Derecho Penal Militar.

Cita doctrina que avala su postura.

Concluye que de existir una conducta disvaliosa por parte de su defendido, se le debe aplicar el Código de Justicia Militar, tanto en lo sustantivo como en lo adjetivo.

Efectúa reserva de recurso de casación, y recurso extraordinario.

Solicita se deje sin efecto la resolución apelada y se decrete la nulidad de lo actuado en contra de su defendido en la presente causa.

Antes de ingresar al análisis de la resolución apelada y los agravios esgrimidos por la defensa, resulta imprescindible determinar qué tipos de delitos se investigan en la presente causa.

De cara al contexto histórico donde se desarrolló dicho accionar delictivo corresponde afirmar que regía en nuestro país de una práctica que la doctrina ha definido como “terrorismo de estado” caracterizada por la suspensión absoluta de las garantías de los ciudadanos, la limitación substancial del ejercicio de derechos individuales.

Dicha práctica supuso en conjunto la implementación de un sistema...

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