Sentencia de CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA B - SECRETARIA PENAL, 27 de Julio de 2022, expediente FRO 016418/2021/3/CA003

Fecha de Resolución27 de Julio de 2022
EmisorCAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA B - SECRETARIA PENAL

1 Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE ROSARIO – SALA B

Ac. P/Int.

Visto, en Acuerdo de la Sala “B” integrada, los exptes. nº FRO

16418/2021/3/CA3 “Incidente de excarcelación en autos SAAVEDRA, M.J. por infracción ley 23.737” y nº FRO 16418/2021/8/CA9 “Incidente de prisión domiciliaria en autos SAAVEDRA, M.J. por infracción ley 23.737”, originarios del Juzgado Federal nº 2 de San Nicolás, Secretaría de Causas Especiales, de los que resulta:

El Dr. A.P. dijo:

1.- Vinieron los autos a conocimiento del Tribunal en virtud de los recursos de apelación interpuestos por el Dr. F.N.G., en ejercicio de la defensa técnica de M.J.S., contra las Resoluciones del 09/02/2022 y 16/03/2022, dictadas en los autos nº FRO

16418/2021/3/CA3 y nº FRO 16418/2021/8/CA9, mediante las cuales se rechazó la excarcelación y la prisión domiciliaria del encartado,

respectivamente.

2.- Al apelar en los autos nº FRO 16418/2021/3/CA3 sostuvo la defensa que la resolución es arbitraria y que la gravedad del hecho y las características del mismo no pueden erigirse como los únicos fundamentos para evaluar la peligrosidad procesal. Refirió que su defendido tiene derecho a transitar el proceso en libertad y que posee arraigo (domicilio fijo, vínculos familiares, trabajo estable). Agregó que no se indicaron los elementos probatorios podrían entorpecerse en la investigación y se omitió ponderar las medidas alternativas a la prisión preventiva dispuestas en el artículo 210 del CPPF (incs. a al j).

En los autos nº FRO 16418/2021/8/CA9 volvió a referir que la resolución es arbitraria por falta de fundamentación y adujo que el juez hizo una errónea interpretación de la Ley 24660 (art. 32, inc. f) al excluir a su defendido de la posibilidad de ser incorporado al régimen de detención Fecha de firma: 27/07/2022

Alta en sistema: 28/07/2022

Firmado por: E.I.V., JUEZA DE CAMARA

Firmado por: M.V.V., SECRETARIA DE CAMARA

Firmado por: A.P., JUEZ DE CAMARA

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domiciliaria. Resaltó que el hijo menor del encartado se encuentra en situación de vulnerabilidad, por lo que requiere la asistencia y cuidado de su padre,

atento los principios del interés superior del niño y de trascendencia mínima de la pena.

3.- Elevados los autos a la alzada, se requirieron actuaciones correspondientes al Legajo de Identidad Personal, se designaron audiencias a los fines previstos en el Artículo 454 del CPPN, los días programados se recibieron las minutas de las partes, se labraron las actas correspondientes y quedaron los presentes en condiciones de resolver.

Y considerando que:

1.- Para analizar la peligrosidad procesal del imputado, tengo en cuenta especialmente las pautas, los principios y reglas procesales recepcionadas jurisprudencialmente en el voto del Dr. P.D. dentro del fallo plenario de la Cámara Federal de Casación Penal “D.B., entre las que se encuentra la solvencia de la imputación.

Por otra parte, la peligrosidad procesal no puede analizarse con una mirada exclusivamente teórica, abstracta y alejada de la realidad donde se producen los hechos imputados y donde tendrá efecto esta sentencia.

Así, entre otras cosas, también debemos considerar los efectos inmediatos que tiene en la sociedad (en el barrio donde habita) la libertad de este imputado de narcotráfico, sobre quien existen pruebas importantes que acreditan su posible comisión de delitos graves.

No puede dejar de advertirse que, sin lugar a dudas, el narcotráfico es la madre de delitos que se originan producto de la avidez de este tipo de delincuentes por perpetuar o mantener esa empresa criminal.

El narcomenudeo es una etapa dentro del referido flagelo y como es de público conocimiento genera múltiples delitos violentos conexos Fecha de firma: 27/07/2022

Alta en sistema: 28/07/2022

Firmado por: E.I.V., JUEZA DE CAMARA

Firmado por: M.V.V., SECRETARIA DE CAMARA

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(homicidios, amenazas, lesiones, abuso de armas, usurpación de propiedades,

robos entre otros).

A diario, desde hace años, vemos reflejados en noticias periodísticas la inseguridad y la violencia que genera este delito complejo en los barrios de nuestra provincia.

Nadie duda que existe una vinculación directa entre la disputa territorial de bandas dedicadas al narcomenudeo y los homicidios, abuso de armas y amenazas que se multiplican en nuestra provincia.

Esa violencia tiene como víctimas inmediatas a los vecinos de esos barrios, que padecen la privación diaria de derechos elementales (al esparcimiento, a trabajar, acceder al transporte público, disfrutar del espacio público, plazas, veredas, etc.).

USO OFICIAL

En efecto, es un hecho notorio que de forma sistemática se producen tiroteos entre bandas rivales de narcomenudeo de los que son víctimas circunstanciales vecinos inocentes en los barrios de nuestra ciudad.

Son frecuentes los homicidios de vecinos o niños víctimas de balaceras originadas en esta disputa por la venta minorista de drogas, las que en muchos casos se desarrollan en inmediaciones de escuelas o centros deportivos barriales y ponen en riesgo la vida de inocentes.

También es de público conocimiento que a menudo deben suspenderse clases en escuelas producto de los enfrentamientos entre bandas en proximidades de establecimientos educativos o actividades recreativas.

El fenómeno del narcomenudeo no se circunscribe a los problemas de adicción o consumo que pueden tener algunos de sus autores (cuestión privativa de cada ciudadano y amparada por el artículo 19 de la C.N.),

sino que también debe ser analizado desde los delitos conexos que genera (homicidios, robos, amenazas, lesiones, abuso de armas, corrupción policial), y que son padecidos por toda la sociedad, a la cual debemos proteger.

Fecha de firma: 27/07/2022

Alta en sistema: 28/07/2022

Firmado por: E.I.V., JUEZA DE CAMARA

Firmado por: M.V.V., SECRETARIA DE CAMARA

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2.- El estudio realizado en abril del año 2021, sobre los homicidios que se produjeron en la jurisdicción que nos ocupa, efectuado por el Observatorio de Seguridad Publica (dependiente de la Secretaría de Política y Gestión de la Información, Ministerio de Seguridad de la provincia de Santa Fe), el Departamento de Informaciones Policiales D-2 (dependiente de la Policía de la Provincia de Santa Fe, Secretaría de Seguridad Publica, Ministerio de Seguridad) y la Secretaría de Política Criminal y Derechos Humanos (dependiente de la Fiscalía General, Ministerio Publico de la Acusación de la provincia de Santa Fe), concluye, en base a datos objetivos que la mayoría de los homicidios violentos de nuestra provincia se motivan en disputas barriales,

vinculadas al narcomenudeo y narcotráfico (enmarcados en el ámbito de la criminalidad compleja). Así, “…cuando se analiza para el departamento Rosario la distribución de las muertes violentas de acuerdo a los contextos en los que se sucedieron, se observa una presencia mayor que a nivel de la provincia o de La Capital de homicidios que se inscriben en tramas asociadas a organizaciones criminales y/o economías ilegales…”, como así también expone que “Ocho de cada diez homicidios que tuvieron lugar durante el transcurso del 2021 en el departamento Rosario sucedieron en la vía publica…” (para ver el informe, https://www.santafe.gob.ar/ms/osp/informes/informe-mensual-sobre-

homicidios-en-provincia-de-santa-fe-abril-2021/).

Dichos índices objetivos y estadísticas que se mencionan en el informe citado, se ven reflejadas diariamente en distintas noticias periodísticas,

como:

.https://www.rosario3.com/policiales/Horror-en-ibarlucea-un-

hombre-y-su-hija-fueron-asesinados-a-tiros-y-encontraron-su-auto-quemado-

con-un-cuerpo-dentro-20220129-0004.html (La víctima volvía de un evento junto a la menor de un año y su pareja cuando fueron interceptados por una camioneta de la que salieron los disparos mortales. A las pocas horas del Fecha de firma: 27/07/2022

Alta en sistema: 28/07/2022

Firmado por: E.I.V., JUEZA DE CAMARA

Firmado por: M.V.V., SECRETARIA DE CAMARA

Firmado por: A.P., JUEZ DE CAMARA

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crimen, apareció prendido fuego el vehículo en el que se trasladaban y con un cadáver en su interior, que sería de la mujer).

.https://www.infobae.com/sociedad/policiales/2020/02/17/el-

abuelo-de-la-bebe-asesinada-en-rosario-es-un-conocido-cocinero-de-cocaina-

la-mataron-en-medio-de-un-ajuste-de-cuentas/ (Florencia Corbalán y C.N.A., ambos de 21 años, se desplazaban en una moto Honda Tornado con su beba de un año y medio, A., cuando fueron víctimas de una gran cantidad de disparos de arma de fuego. La hipótesis más concreta del triple crimen es la del ajuste de cuentas narco. Por las características del ataque y por testimonios (…) al menos el padre de la bebé “estaba amenazado”. Se sospecha que los disparos eran solo para C., que su mujer y su hija fueron víctimas colaterales, pero en el sicariato se maneja como USO OFICIAL

margen de error

el asesinato de personas inocentes).

.https://www.rosario3.com/noticias/Dos-muertos-y-una-nena-

muy-grave-en-feroz-balacera-en-zona-oeste-20190302-0001.html (Diez personas, entre ellas tres menores de edad, fueron agredidas a balazos este viernes por la noche en la zona oeste. Entre las víctimas fatales hay una adolescente de 16 años que sufrió un disparo en el pecho. En tanto los niños heridos, tienen entre 5 y 9 años. La que se encuentra en peor estado es una nena de 5 años que sufrió un balazo en la cabeza y es atendida en el Vilela).

.https://www.lacapital.com.ar/la-ciudad/el-nene-herido-una-

bala-perdida-esta-estable-y-sigue-terapia-intensiva-n2521224.html (El nene de 8 años que fue blanco de una bala perdida que le impactó en la cabeza continuaba este domingo en terapia intensiva, luego de ser operado dos veces...

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