Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Bahía Blanca - TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE TIERRA DEL FUEGO - SECRETARIA, 23 de Diciembre de 2019, expediente FCR 023265/2018/TO01/9

Fecha de Resolución23 de Diciembre de 2019
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE TIERRA DEL FUEGO - SECRETARIA

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE TIERRA DEL FUEGO FCR 23265/2018/TO1/9 Incidente Nº 3 - IMPUTADO: GONZALEZ, M.A. s/INCIDENTE DE EXCARCELACION huaia, 23 de diciembre de 2019.

AUTOS Y VISTOS:

Para resolver en la presente causa FCR 23265/2018/TO1/9 -

Incidente Nº 3 - IMPUTADO: GONZALEZ, M.A. s/INCIDENTE DE EXCARCELACION; Y CONSIDERANDO:

  1. El pedido excarcelatorio formulado por el Sr. Defensor se basa en la situación de arraigo del imputado G. en la ciudad de Río Grande, la condición insular de la provincia de Tierra del Fuego, y que el estado de las actuaciones -requerida la elevación a juicio y en etapa de ofrecimiento de prueba-, morigeran en el primer caso el riesgo de fuga, y que el estado de procesal de las actuaciones, impiden su entorpecimiento.

    Se refirió al tiempo de detención que lleva su asistido -11 de mayo de 2019-, asimiló su situación a la de otros consortes de causa que se encuentran en libertad Finalmente propuso a fin de garantizar la sujeción al proceso desde la imposición de una caución juratoria, hasta su incorporación al Programa de Asistencia de Personas Bajo vigilancia electrónica, mediante la colocación de un dispositivo electrónico de control, y el cumplimiento de las reglas de conducta que se le impongan.

  2. En relación al pedido formulado, la Fiscalía en su dictamen invocó como riesgo de fuga el antecedente condenatorio que registra el nombrado, la expectativa de pena que correspondería en caso de condena, la que sería de efectivo cumplimiento en orden a los delitos imputados en el requerimiento de elevación a juicio – art. 145 bis y ter con los agravantes de los incisos 1, 4 y 5 y anteúltimo párrafo del Código Penal. El peligro de entorpecimiento de la investigación, por cuanto la causa transita el período de ofrecimiento de prueba, y por el peligro de amedrentamiento de las víctimas, y la Fecha de firma: 23/12/2019 Firmado por: L.A.G., JUEZ DE CÁMARA Firmado(ante mi) por: C.V.V., SECRETARIO DE CÁMARA #34246305#253395054#20191223180706289 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE TIERRA DEL FUEGO FCR 23265/2018/TO1/9 Incidente Nº 3 - IMPUTADO: GONZALEZ, M.A. s/INCIDENTE DE EXCARCELACION existencia de una causa en trámite ante la justicia provincial donde se investiga la tenencia de dos armas de fuego. Finalmente invocó que están dadas las circunstancias establecidas por el art. 221 inc. b) del C.P.PF para denegar el pedido.

  3. Analizadas las posiciones de las partes, debo decir en cuanto al riesgo de fuga, que corresponde repasar el nuevo marco normativo que se invoca y se impone, por imperio legal, para la resolución del planteo.

    El art. 209 (CPPF) dispone como principios generales: Las medidas de coerción autorizadas se deben ajustar a lo que disponen los artículos 15, 16 y 17 de ese cuerpo normativo, y que tienen carácter es excepcional. Además prevé

    que sólo se ejercerá coerción física para obtener la comparecencia de una persona si el mismo fin no pudiere lograrse en tiempo útil, ordenando su citación por las formas prevista en el Código.

    A continuación el art. 210 enuncia las medidas que la que la fiscalía o la...

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