Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de San Martín - TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SAN MARTIN 1 - SECRETARIA DELITOS LESA HUMANIDAD, 30 de Agosto de 2019, expediente FSM 000493/2008/TO01/3

Fecha de Resolución30 de Agosto de 2019
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SAN MARTIN 1 - SECRETARIA DELITOS LESA HUMANIDAD

Poder Judicial de la Nación REGISTRO RESOL. Nº: __________________ AÑO 2019 CAUSA Nº

FSM N°

Olivos, 30 de agosto de 2019.

VISTOS:

Que se reúne el Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 1 de San Martín, integrado por la señora Jueza de Cámara S.M., quién presidió la audiencia, y los señores Jueces de Cámara D.G. y E.R.E., como vocales, con la intervención de la Secretaria de Cámara Déborah E.

Damonte, para dictar sentencia sobre la unificación de penas en el Legajo de Condenado de S.O.R. (FSM 493/2008/TO1/3) respecto de las penas impuestas a S.O.R., de nacionalidad argentina, nacido el día 4 de agosto de 1923 en la localidad de Villa Dolores, provincia de Córdoba, casado, instruido, militar retirado, titular de la LE N° 3.083.907, hijo de A. y M.E.C., domiciliado en la calle Tres de Febrero 1950, 4° piso de CABA, donde actualmente cumple prisión bajo la modalidad de arresto domiciliario. Intervinieron en la audiencia representando al Ministerio Público F., el F. General, M.G.B. y el señor Defensor Público Coadyuvante, J.C.T., y RESULTANDO:

Como resultado de la deliberación efectuada, oídas las partes y sin perjuicio de la oportuna redacción de los fundamentos en que se basa la sentencia, haciendo uso de la facultad conferida en el art. 400 del CPPN, y de conformidad Fecha de firma: 30/08/2019 Firmado por: S.M., JUEZ DE CAMARA Firmado por: D.O.G., JUEZ DE CÁMARA Firmado por: E.R.E., JUEZ DE CÁMARA Firmado(ante mi) por: D.E.D., SECRETARIA DE CAMARA #27073590#242992601#20190830131015594 Poder Judicial de la Nación a lo normado por el artículo 58 del Código Penal, el Tribunal, FALLA:

  1. UNIFICANDO la pena impuesta por este Tribunal Oral en lo Criminal Federal N°

    1 de San Martín –el 30 de agosto de 2016- en la causa FSM N° 765/2010/TO1 (registro interno N° 2043 y sus acumuladas N° 2023, 2031 y 2034) A S.O.R., de las demás condiciones personales indicadas en el encabezamiento, de VEINTICINCO AÑOS DE PRISIÓN E INHABILITACIÓN ABSOLUTA Y PERPETUA, ACCESORIAS LEGALES Y AL PAGO DE COSTAS, por considerarlo coautor penalmente responsable de los delitos de allanamiento ilegal (art. 151 del CP) reiterado en diecisiete oportunidades, que USO OFICIAL tuvieron lugar en los domicilios de la madre de N.E.A. (caso 72), de la familia M.N.(. 126), de la familia C.(. 270) –en dos ocasiones-, de P.A.G. (Caso 28), de S.B.G. y A.P.J.(. 16), de E.O.C. y B.C. (Caso 118), de A.A.H.(. 14), de N.B.C.(. 14), de E.B.J. (Caso 65), de la familia A.(. 134) –en dos ocasiones-, de A.B.Z.(. 134), de C.R.L.E.(. 134) y de P.L.G. (Caso 134), de N.R. (caso 113) y de E.A.B. y M.D.G. de Beguan (caso 239); robo agravado por el uso de armas (art. 166 inc. 2 del CP, según ley 20.642) reiterado en siete hechos que damnificaron a la familia C.(. 270), al matrimonio de B.G. y P.J. (Caso 16), al matrimonio Covarrubias y Castiglione (Caso 118), a A.A.H.(. 14); a N.B.C.(. 14), a E.B.J.(. 65) y a A.B.Z. (Caso 134); privación ilegítima de la libertad cometida por abuso funcional agravada por el empleo violencia y amenazas (art. 144 bis inc.1 y último párrafo, en función del art. 142 inc. 1°, según ley 14.616) reiterado en veintisiete hechos en perjuicio de C.A.C. y M.L. (Caso 2), de J.C.S.(. 51), de Fecha de firma: 30/08/2019 Firmado por: S.M., JUEZ DE CAMARA Firmado por: D.O.G., JUEZ DE CÁMARA Firmado por: E.R.E., JUEZ DE CÁMARA Firmado(ante mi) por: D.E.D., SECRETARIA DE CAMARA #27073590#242992601#20190830131015594 Poder Judicial de la Nación N.M.N., W.F.M.N., M.M.N., G.M.N., J.C. y F.I. (Caso 126), de C.A.C., J.E.C. y O. del Valle Paz (Caso 270), de S.B.G. y A.P.J.(. 16), de E.O.C. y B.C. (Caso 118), A.M.C. y S.P. (Caso 5), de R.I.A., R.J.A. –en dos oportunidades-, M.A., M.A., M.Á.L., C.R.L.E., Pedro L.

    Greaves y de J.G.L.G. (todos del Caso 134); privación ilegítima de la libertad cometida por abuso funcional doblemente agravada por el empleo de violencia y amenazas y por su duración de más de un mes (art. 144 bis inc.1 y último párrafo, en función del art. 142 incs. 1° y 5°, según ley 14.616), reiterado en treinta y cuatro ocasiones, que damnificaron a M.L.P. USO OFICIAL (Caso 130), a N.E.A. (Caso 72), a P.B. y O.P. (Caso 126), a J.C.C. y H.G.G.(. 270), a Pablo A.

    García (Caso 28), a G.F.(. 221), a H.A.R.(. 209), a R.W., V.B., C.M.R., Mónica S.

    Masri, J.A.S. y S.M. Dorado (todos del caso 4), a N.R.(. 113), a A.A.H., N.M.C., Pablo E.

    Albarracín, M.G.L. (todos del Caso 14), a M.E.M.M.(. 36), a Ma...

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