Sentencia de CAMARA FEDERAL DE RESISTENCIA - SECRETARIA PENAL 2, 6 de Marzo de 2018, expediente FRE 007233/2014/3/CA002

Fecha de Resolución 6 de Marzo de 2018
EmisorCAMARA FEDERAL DE RESISTENCIA - SECRETARIA PENAL 2

Poder Judicial de la Nación Cámara Federal de Apelaciones Resistencia –Secretaría Penal N °2-

sistencia, a los seis días de mes de marzo del año dos mil dieciocho.

Y VISTOS:

Estos autos FRE 7233/2014/3/CA2, caratulados “INCIDENTE DE

NULIDAD en autos ROMANO, M. R. POR MALVERSACIÓN DE

CAUDALES PÚBLICOS (art. 260 y 261 CP) y ABUSO DE AUTORIDAD Y VIOL.

DEB. FUNC. PUBL. (art. 248), venidos en grado de apelación del Juzgado Federal Nº 1

de Formosa, Y CONSIDERANDO:

I. La defensa del imputado M. solicita la declaración de

nulidad absoluta del Requerimiento Fiscal de Instrucción Nº31/14 y sus actos

consecuentes, Auto de Instrucción y llamado a Indagatoria, argumentando que existe una

doble persecución prohibida, dado que nos encontramos ante el mismo imputado, el

mismo suceso histórico, los mismos delitos atribuidos, el mismo F. requirente y el

mismo Juez, razón por la cual el proceso debe ser cancelado a través de la nulidad del

requerimiento fiscal

en tanto en las dos acusaciones se juzga la violación al Acta de

Acuerdo Paritaria 2006 como hecho constitutivo del delito sancionado por el art. 260 en

tanto el núcleo del ilícito que se investiga se encuentra en la incorporación indebida de

personal a pesar de estar vedada tal posibilidad en la Paritaria citada.

Corrida vista al P., dictamina en el sentido que no existe doble

investigación por un mismo hecho, pues en el expediente FRE 7233/2014 se investigan

irregularidades ocurridas desde los períodos administrativos/financieros entre el 1º de

junio de 2012 y durante el 2013, limitándose a l incremento desmesurado de personal

tanto docente como no docente en ese plazo. Y en el FRE 22001069/2012 se investigan

hechos y maniobras delictivas diferentes ocurridas en períodos administrativos/contables

sucedidas hasta algunos meses de 2012, por lo que afirma que el Requerimiento de

Instrucción Formal es plenamente válido.

El sentenciante resuelve no hacer lugar a tal petición, y en el sentido trazado

por la Fiscalía distingue las causas que forman los expedientes Nº 22001069/2012 y Nº

7233/14, de lo que concluye que no hubo en los autos mencionados lesión a los principios

de raigambre constitucional que invoca el nulidiscente – fs.11/13.

Apelan los defensores técnicos del imputado –fs. 14/15. Aducen que el fallo

es incongruente, arbitrario y contradictorio al igual que lo dictaminado por la Fiscalía.

Fecha de firma: 06/03/2018 Alta en sistema: 09/03/2018 Firmado por: ANA VICTORIA ORDER, JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.L.A., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.L.R., SECRETARIA DE CÁMARA #29224705#198642122#20180306113528509 Poder Judicial de la Nación Cámara Federal de Apelaciones Resistencia –Secretaría Penal N °2-

Que el...

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