Sentencia de CAMARA FEDERAL DE RESISTENCIA - SECRETARIA PENAL 2, 6 de Marzo de 2018, expediente FRE 007233/2014/3/CA002
Fecha de Resolución | 6 de Marzo de 2018 |
Emisor | CAMARA FEDERAL DE RESISTENCIA - SECRETARIA PENAL 2 |
Poder Judicial de la Nación Cámara Federal de Apelaciones Resistencia –Secretaría Penal N °2-
sistencia, a los seis días de mes de marzo del año dos mil dieciocho.
Y VISTOS:
Estos autos FRE 7233/2014/3/CA2, caratulados “INCIDENTE DE
NULIDAD en autos ROMANO, M. R. POR MALVERSACIÓN DE
CAUDALES PÚBLICOS (art. 260 y 261 CP) y ABUSO DE AUTORIDAD Y VIOL.
DEB. FUNC. PUBL. (art. 248), venidos en grado de apelación del Juzgado Federal Nº 1
de Formosa, Y CONSIDERANDO:
I. La defensa del imputado M. solicita la declaración de
nulidad absoluta del Requerimiento Fiscal de Instrucción Nº31/14 y sus actos
consecuentes, Auto de Instrucción y llamado a Indagatoria, argumentando que existe una
doble persecución prohibida, dado que nos encontramos ante el mismo imputado, el
mismo suceso histórico, los mismos delitos atribuidos, el mismo F. requirente y el
mismo Juez, razón por la cual el proceso debe ser cancelado a través de la nulidad del
requerimiento fiscal
en tanto en las dos acusaciones se juzga la violación al Acta de
Acuerdo Paritaria 2006 como hecho constitutivo del delito sancionado por el art. 260 en
tanto el núcleo del ilícito que se investiga se encuentra en la incorporación indebida de
personal a pesar de estar vedada tal posibilidad en la Paritaria citada.
Corrida vista al P., dictamina en el sentido que no existe doble
investigación por un mismo hecho, pues en el expediente FRE 7233/2014 se investigan
irregularidades ocurridas desde los períodos administrativos/financieros entre el 1º de
junio de 2012 y durante el 2013, limitándose a l incremento desmesurado de personal
tanto docente como no docente en ese plazo. Y en el FRE 22001069/2012 se investigan
hechos y maniobras delictivas diferentes ocurridas en períodos administrativos/contables
sucedidas hasta algunos meses de 2012, por lo que afirma que el Requerimiento de
Instrucción Formal es plenamente válido.
El sentenciante resuelve no hacer lugar a tal petición, y en el sentido trazado
por la Fiscalía distingue las causas que forman los expedientes Nº 22001069/2012 y Nº
7233/14, de lo que concluye que no hubo en los autos mencionados lesión a los principios
de raigambre constitucional que invoca el nulidiscente – fs.11/13.
Apelan los defensores técnicos del imputado –fs. 14/15. Aducen que el fallo
es incongruente, arbitrario y contradictorio al igual que lo dictaminado por la Fiscalía.
Fecha de firma: 06/03/2018 Alta en sistema: 09/03/2018 Firmado por: ANA VICTORIA ORDER, JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.L.A., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.L.R., SECRETARIA DE CÁMARA #29224705#198642122#20180306113528509 Poder Judicial de la Nación Cámara Federal de Apelaciones Resistencia –Secretaría Penal N °2-
Que el...
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