Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán, 29 de Mayo de 2017, expediente FTU 401640/2007/TO01/3
Fecha de Resolución | 29 de Mayo de 2017 |
Emisor | TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE TUCUMAN |
Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE TUCUMAN 401640/2007 Incidente Nº 3 - IMPUTADO: MOISELLO , J.A. s/SUSPENSION DE PROCESO A PRUEBA San Miguel de Tucumán, 29 de mayo de 2017.- JP AUTOS Y VISTOS:
Que vienen estos autos a despacho para resolver la solicitud de suspensión de juicio a prueba interpuesta por la defensa de J.A.M., obrante a fs. 02/03 y vta. del presente incidente, CONSIDERANDO:
Que la Defensa Pública a fs. 02/03, peticiona el beneficio de suspensión del proceso a prueba a favor de su J.A.M.. Manifiesta que la calificación del delito permite acogerse a la probation y que su defendido no tiene antecedentes penales. Asimismo, ofrece realizar trabajos comunitarios.
Que al contestar la vista el Ministerio Público Fiscal, a fs. 64, expresa no corresponde conceder la suspensión de juicio a prueba ya que el art. 76 ter, último párrafo del CP dice “No se admitirán una nueva suspensión de juicio respecto de quien hubiese incumplido las reglas en una suspensión anterior”.
Que según constancias de autos, J.A.M. se encuentra acusado por ser presunto autor penalmente responsable del delito previsto y penado por el art. 292, 2° párrafo del CP (falsificación de documento destinado a acreditar la identidad de las personas), en el carácter de partícipe necesario (art. 45 del CP) (fs. 08/09 y vta., Fecha de firma: 29/05/2017 Alta en sistema: 05/06/2017 Firmado por: DRA. M.A.N., JUEZA DE CAMARA Firmado por: DR. G.E. CASAS, JUEZ DE CÁMARA Firmado por: DR. C.E.I.J.M., PRESIDENTE Firmado(ante mi) por: DR. HUGO CESAR DEL SUELDO PADILLA, SECRETARIO DE CAMARA 1 #29921979#179866620#20170531093439170 Requerimiento Fiscal de Elevación a Juicio). Que a fs.
10/11, la Defensa Pública de Moisello peticiona el 15/09/09 la suspensión del proceso a prueba, que previo acta de ratificación (fs. 12), fue otorgada por el juez instructor el día 08/03/10 por el término de un año y seis meses (fs.
13/15). Ante la falta de justificación por parte del acusado del efectivo cumplimiento de las reglas de conductas impuestas, el 27/09/12 el juez hizo efectivo el apercibimiento dispuesto en el proveído del 31/07/12 (fs.
18). Que la Defensa de M. interpuso recurso de reposición con apelación en subsidio, en contra el proveído que dispuso la revocatoria del beneficio de probation (fs.
22/23 y vta.). Que en fecha 27/12/12 el Juez Federal N° 2 de Tucumán, no hizo lugar a lo peticionado y elevó el recurso a la Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán (fs.
25/31), la...
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