Incidente Nº 3 - IMPUTADO: ORELLANA, CARLOS ALBERTO s/INCIDENTE DE EXCARCELACION

Fecha10 Mayo 2017
Número de expedienteCCC 047614/2016/TO01/3
Número de registro177972436

Poder Judicial de la Nación Tribunal Oral en lo Criminal N° 30 de la Capital Federal CCC 47614/2016/TO1/3 Buenos Aires, 10 de mayo de 2017.

Y VISTOS:

Para resolver el recurso de casación interpuesto a fs. 10/16, por la señora Defensora Oficial doctora M.P., a cargo de la asistencia técnica de C.H.O., contra la resolución de fs. 4/6 del presente incidente correspondiente a la causa n° 4905; Y CONSIDERANDO:

I.

Que este Tribunal, con fecha 21 de abril de 2017 resolvió: “… NO HACER LUGAR a la excarcelación de C.H.O., de las demás condiciones personales obrantes en autos, en la presente causa n° 4905, bajo ningún tipo de caución...”. -cfr. fs. 4/6-.

Que, contra dicha resolución, la señora Defensora Oficial doctora M.P. interpuso recurso de casación -cfr. fs. 10/16-.

II.

Que, la vía extraordinaria intentada ha sido presentada en tiempo legal (arts. 438 y 463, primera parte del C.P.P.N.) y cumplidos los restantes requisitos de admisibilidad formal.

III.

Al exponer los motivos que dan sustento a la vía extraordinaria interpuesta, dicha defensora invocó las previsiones de los artículos 438, 444 primer párrafo “a contrario sensu”, 456 inc. 2°, 457 y 463 del C.P.P.N.

Así, sostuvo que, “... se agravia de la resolución recurrida en tanto se funda sobre la base de supuestas pautas objetivas que resultan ser afirmaciones carentes de fundamentación, sin atender a las particularidades Fecha de firma: 10/05/2017 Firmado por: L.M.R., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.M.R., JUEZ DE CAMARA Firmado por: G.E.F., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: SEBASTIAN COURTADE, SECRETARIO ¨AD HOC¨

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