Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Posadas, 8 de Marzo de 2017, expediente FPO 007594/2014/TO01/4/3

Fecha de Resolución 8 de Marzo de 2017
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE POSADAS - SECRETARIA EJECUCION PENAL

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE POSADAS FPO 7594/2014/TO1/4/3 Posadas, 08 de marzo de 2017.

AUTOS Y VISTOS:

Para resolver en el presente Incidente de Ejecución Nº 7594/2014/TO1/4/ 3 caratulado "F.G., A.R. s/ INCIDENTE DE LIBERTAD CONDICIONAL”

(en Expte. P.. Nº FPO 7594/2014/TO1/4 caratulado “F.G., A.R. s/ Ejecución de Sentencia”), la procedencia del beneficio de la libertad condicional solicitada por el encartado A.R.F.G.; Y CONSIDERANDO:

Que, el 17 de noviembre del 2015, el Excmo.

Tribunal Oral en lo Criminal Federal de esta ciudad, dictó sentencia de conformidad a las normas del Juicio Abreviado en la causa Nº

7594/2014TO1 caratulada: “F.G., A.R. s/INFRACCION LEY 23.737”, condenando a A.R.F.G., de nacionalidad argentina, D.N.

  1. Nº 10.725.818, a la pena de CUATRO AÑOS DE PRISIÓN, accesorias legales, multa mínima y costas como autor penalmente responsable del delito de TENENCIA DE ESTUPEFACIENTES CON FINES DE COMERCIALIZACIÓN, (arts. 5 inc. c de la Ley 23.737, 45, 12, 21 y 29 inc.

    1. del Código Penal).

    Que, por cuerda al Legajo de Ejecución Penal, corre el Incidente nº FPO 7594/2014/TO1/4/1, en el que el causante con fecha 22 de febrero de 2017, fue beneficiado con la aplicación del art.

    140 de la Ley 24.660, por lo que A.R.F.G., obtuvo la reducción en CINCO (5) MESES los plazos requeridos para el avance a través de las distintas fases y períodos de la progresividad del sistema penitenciario de conformidad con las previsiones de la Ley 26.695 -Estimulo Educativo-, que modifica el Capítulo VIII arts. 133 al 142 de la Ley 24.660; y practicado que fue el nuevo cómputo de pena, resulto que F.G. a partir del 05 de febrero de 2017 se encuentra en condiciones temporales de acceder a la etapa de Libertad Condicional.

    Encontrándose radicada la presente causa por ante el Juzgado de Ejecución Penal Federal, y habiendo cumplido el plazo señalado anteriormente, se requirieron los respectivos informes a la Unidad 17 de Candelaria -lugar donde cumple condena el nombrado- y se agregaron los informes actualizados al Registro Nacional de Reincidencia Fecha de firma: 08/03/2017 Firmado por: NORMA LAMPUGNANI , JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: A.F., SECRETARIO DE JUZGADO #29449396#173409082#20170308123024083 a fin de poder resolver su libertad condicional.

    De las documentales remitidas por la citada institución surge que el domicilio fijado a los fines del art. 13 inc. 1º del Código Penal en el domicilio de su progenitora, sito en el Barrio 7 de Agosto, Casa 7, Itaembe Mini, de la ciudad de Posadas, provincia de Misiones, lugar en donde reside su hija G.N.G., todo ello según informe practicado por la trabajadora social del Servicio Penitenciario Federal, en su informe de fs. 7/8.

    Atinente a su desenvolvimiento durante la privación de libertad, se destaca que ingresó a la fase de observación (R.E.A.V.P.) el 05/11/15, a la fase de socialización (art. 13 inc...

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