Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de La Plata - Sala III, 24 de Agosto de 2015, expediente FLP 009736/2015/3/CA003

Fecha de Resolución24 de Agosto de 2015
EmisorSala III

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA III FLP 9736/2015/3/CA3 7672/III Plata, 24 de agosto de 2015.

VISTO: Este expte. FLP9736/2015/3/CA3, “Incidente de excarcelación de A., M.A.”, procedente del Juzgado Federal de Junín y CONSIDERANDO QUE:

El J.P. dijo:

I.A..

  1. De la causa principal.

    M.A.A. fue procesado en orden al delito previsto por el artículo 5to., inciso “c”, agravado por el artículo 11 inciso “c”, de la ley 23.737 (fs. 206/210 y vta.).

  2. De este incidente.

    2.1. El defensor particular de A. solicitó su excarcelación al momento de que prestara declaración indagatoria (fs. 47/49 de la causa principal).

    El fiscal se opuso a la solicitud y el juez la rechazó (fs. 2/6 y vta.).

    2.2. El defensor recurrió la sentencia a fs. 14/15 y vta.

    La defensa motivó el recurso en que el juez fundó su decisión en que existía prueba pendiente de producción. A su entender esa prueba no se vincula con la comprobación de riesgos procesales, sino con el objeto del proceso.

    Alegó que el magistrado no esbozó

    parámetros que acrediten la existencia de riesgos procesales a lo que añadió que la imputación contra A. era dudosa porque no tiene antecedentes penales en este tipo de delito, no era el dueño del auto, el material secuestrado no estaba en su esfera de custodia y no era la persona buscada por la policía.

    Fecha de firma: 24/08/2015 Firmado por: C.A.N. Firmado por: C.A.V. Firmado por: ANTONIO PACILIO Firmado(ante mi) por: M.A.M., SECRETARIA FEDERAL Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA III FLP 9736/2015/3/CA3 7672/III Asimismo fundó su pedido en que “existiendo detrás suyo una familia que mantener”

    debe concederse la excarcelación.

    Señaló que, más allá de que exista un pedido de nulidad en trámite, esta Alzada podría en el marco de este incidente declarar la nulidad de todo lo actuado.

    1. Tratamiento del recurso.

  3. Bases normativas y jurisprudenciales en materia de restricción a la libertad durante la etapa de instrucción penal.

    De principio, cabe destacar que constituye un criterio consagrado que el derecho de gozar de libertad hasta el momento en que se dicte sentencia de condena no representa una salvaguarda contra el arresto, detención o prisión preventiva, medidas cautelares que cuentan con respaldo constitucional en tanto y en cuanto tiendan a la efectiva realización del proceso penal.

    En este sentido -y a diferencia de lo argumentado por la defensa en su recurso-, no se viola el principio de inocencia por el uso de la coerción estatal durante el proceso. Ello es así

    porque el axioma que impide la imposición de una pena sin una sentencia judicial que la ordene, no desplaza la posibilidad de que se arbitren medidas razonables -como la prisión preventiva- a fin de asegurar la marcha del juicio (conf. M., J.B.J., Derecho Procesal Penal. Fundamentos, Editores del Puerto, Buenos Aires, 2002, tomo I, p. 511 y siguientes).

    En un antiguo precedente, la Corte Suprema de Justicia de la Nación explicó que “el respeto de la libertad individual no puede excluir el legítimo derecho de la sociedad de adoptar Fecha de firma: 24/08/2015 Firmado por...

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