Sentencia de CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA B, 1 de Diciembre de 2020, expediente FRO 003554/2020/3/CA003
Fecha de Resolución | 1 de Diciembre de 2020 |
Emisor | CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA B |
1 Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA B
Civil/Int.
Visto, en Acuerdo de la S. “B” integrada el expediente n° FRO
3554/2020/3 caratulado “Incidente de Apelación en Granitto, D.D. c/
OMINT SA s/ Amparo contra Actos de Particulares” (del Juzgado Federal N° 1 de Rosario), del que resulta que:
Vienen los autos a conocimiento de este Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto por la demandada, contra la resolución del 03/08/2020 que amplió el plazo de vigencia de la Resolución del 15 de abril de 2020 por el término de TRES MESES a partir de su notificación.
Concedido el recurso se corrió el traslado, que fue contestado por la actora. Se elevaron los autos a la alzada, ingresando por sorteo informático en esta S. “B” y quedaron en condiciones de ser resueltos.
El Dr. T. dijo:
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) El recurrente expresó que, con relación a la medida cautelar, OMINT dio de alta al actor en el plan médico “Línea F” durante los meses de mayo, junio y julio de 2020 incluido y además le ofreció al amparista que durante dichos meses no abonara suma de dinero alguna a modo de compensación por los meses por los que no contó con el servicio.
Asimismo manifestó que le notificó al actor que antes del 31 de julio debía manifestar de forma fehaciente a OMINT la voluntad de continuar el vínculo contractual bajo el plan que eligiera y solicitar el valor de la cuota correspondiente al mismo, o en caso contrario su voluntad de discontinuar los servicios en cuyo caso a partir del 1° de agosto de 2020 sería dado de baja automáticamente.
A tales efectos le ofreció los planes disponibles para personas de 61 años, como es su caso, en forma de contratación individual con sus valores actuales, los que se encuentran sujetos a los aumentos dispuestos por la Superintendencia de Servicios de Salud (SSS).
Fecha de firma: 01/12/2020
Firmado por: J.G.T., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: E.I.V., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: A.P., Juez de Camara Firmado por: A.G., SECRETARIA DE CAMARA
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Sin embargo, sostuvo que hasta ese momento el actor no se contactó con OMINT y en su lugar optó por solicitar la ampliación de la medida cautelar.
En ese sentido expuso que la resolución vulnera su derecho de defensa ya que existe la posibilidad de que frente al vencimiento de estos nuevos tres meses el actor presente un nuevo pedido de ampliación de la cautelar, por lo que solicitó que se revoque la resolución con expresa imposición de costas al actor y se lo intime a expedirse sobre la elección del plan a fines de continuar su afiliación con la empresa.
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) Corrido el traslado a los actores lo contestaron y manifestaron que la demandada lleva adelante acciones que se contraponen...
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