Sentencia de Camara Civil y Comercial Federal- Sala Iii, 12 de Noviembre de 2019, expediente CCF 007529/2019/3/CA001

Fecha de Resolución12 de Noviembre de 2019
EmisorCamara Civil y Comercial Federal- Sala Iii

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL- SALA III Causa n° 7529/2019/3/CA1 “G.F. y otro c/OSDE s/leyes especiales s/incidente de medida cautelar”. Juzgado 2. Secretaría 4.

Buenos Aires, 12 de noviembre de 2019.

VISTO: el recurso de apelación interpuesto y fundado por la demandada a fs. 64/73 vta. (concedido en relación y con efecto devolutivo a fs. 74) contra la resolución de fs. 63, cuyo traslado no fue contestado, y CONSIDERANDO:

I. El Sr. Juez de primera instancia admitió la medida cautelar solicitada por los actores y ordenó a OSDE que le otorgue a la Sra. F.G. y al Sr. J.I.P. la cobertura integral del 100 % de un tratamiento de fertilización asistida de alta complejidad (FIV-ICSI) en el Instituto Médico de Alta Complejidad San Isidro, la eventual criopreservación de embriones y su mantenimiento, más la medicación prescripta por su médico tratante, hasta que se resuelva la cuestión de fondo.

Tal decisorio fue apelado por OSDE, quien sostiene -básicamente- que ya efectuó la cobertura de tres tratamientos de fertilización asistida de alta complejidad por lo que, según la normativa vigente, no le corresponde cubrir ninguno más. En consecuencia, señala que no se encuentran verificados los requisitos para el otorgamiento de la cautelar.

II. Sentado lo expuesto y atento las particularidades procesales de la presente causa y el tema en debate, no es posible soslayar el criterio adoptado por el Máximo Tribunal, en el sentido de interpretar que las sentencias deben atender a la situación existente al momento de ser dictadas (Fallos: 216:147; 243:146; 244:298; 259:76; 267:499; 308:1087, 311: 787, 318: 2040, 321: 3646, 328:4640, entre otros; esta Cámara, S.I., causa n°

13.070/06 del 12.12.07 y S.I., causa n° 10543/2006 fallada el 13.03.08 y sus citas de jurisprudencia; artículo 163, inciso 6º, del Código Procesal; Fecha de firma: 12/11/2019 Alta en sistema: 13/11/2019 Firmado por: ANTELO - RECONDO, #34132507#249419726#20191113122331619 Sagües, N.P. “Derecho Procesal Constitucional-Acción de A., t 3, pags. 429/430, Astrea, Bs. As., 1988).

En primer término, el análisis de la verosimilitud del derecho, aún con este alcance preliminar, también llamado “superficialidad del conocimiento judicial” (cfr. Palacio, L.E., “Derecho Procesal Civil”, tomo VIII, pág. 47), que configura una característica propia y exclusiva de los procesos cautelares, debe persuadir en términos suficientes de la razón que asistiría a quien peticiona el...

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