Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Bahía Blanca - CAMARA FEDERAL DE BAHÍA BLANCA, 11 de Octubre de 2019, expediente FBB 023045193/2011/3/CA003

Fecha de Resolución11 de Octubre de 2019
EmisorCAMARA FEDERAL DE BAHÍA BLANCA

Poder Judicial de la Nación Expte. nro. FBB 23045193/2011/3/CA3 – Sala II – S.. P.B.B., de octubre de 2019.

VISTO: El expediente nro. FBB 23045193/2011/3/CA3, caratulado: “ASTREINTES...

en autos: ‘FERNANDEZ, J.C. c/ Anses, s/ Reajuste de Haberes’”, venido del Juzgado

Federal nro. 2 de la sede, para resolver la apelación de fs. sub 51/55, contra la resolución de f. sub

50; y CONSIDERANDO:

1ro.) La jueza de la anterior instancia incremento las sanciones

conminatorias bajo las cuales se había intimado la administración demandada a que acompañe los

expedientes administrativos con la respectiva liquidación.

2do.) La demandada apeló y expresó agravios a fs. sub 51/55.

3ro.) Cabe destacar que las astreintes constituyen un medio de compulsión

consistente en la imposición de una condena pecuaria al sujeto que no cumple con una manda

judicial, y cuya vigencia perdura mientras no cese el incumplimiento. Se trata de una herramienta

técnica destinada a lograr el acatamiento de las decisiones judiciales.

Siendo que la administración no acredita el cumplimiento de la manda

judicial ni justifica su proceder, corresponde, en el caso, confirmar la resolución apelada y

mantener las astreintes impuestas.

No obstante, en consideración a su carácter provisional, la parte

incumplidora podría solicitar, una vez que cumpla con lo ordenado, el levantamiento de la medida

o la reducción de su monto, en la medida en que desista de su resistencia y justifique, total o

parcialmente, su proceder.

Por ello, SE

RESUELVE:

1ro.) Confirmar la providencia de f. sub 50 y

mantener las astreintes...

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