Sentencia de CAMARA PENAL ECONOMICO - SALA B, 22 de Septiembre de 2017, expediente CSJ 000208/2011(47-P)/3

Fecha de Resolución22 de Septiembre de 2017
EmisorCAMARA PENAL ECONOMICO - SALA B

Poder Judicial de la Nación INCIDENTE DE REGULACIÓN DE HONORARIOS SOLICITADO POR EL DR. L.D.B., EN CAUSA N°

CSJ 208/2011 (47-9), CARATULADA: “PIRELLI & C.S.P.A. Y OTROS SOBRE NOTIFICACIÓN ART. 8 LEY 25.156 – INCIDENTE DE APELACIÓN DE LA RESOLUCIÓN SCI N° 2/10 EN CONCENTRACIÓN 741”. MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS. SECRETARÍA DE COMERCIO DEL INTERIOR. COMISIÓN NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA. CSJ 208/2011/(47-9)/3, ORDEN Nº 27.101. SALA “B”.

Buenos Aires, de septiembre de 2017.

VISTOS:

Los recursos extraordinarios interpuestos por la representación del Ministerio de Producción de la Nación y por el Dr. L.D.B. a fs. 17/29 vta. y 31/41 vta. del presente incidente, respectivamente, contra la resolución de fs..11/13 del mismo legajo, dictada por esta Sala “B” (CSJ 208/2011/(47-P)/3, res. del 31/05/2017, Reg. Interno N° 358/17), por la cual se regularon los honorarios del Dr. L.D.B. en la suma de quinientos mil pesos ($ 500.000) más el Impuesto al Valor Agregado, en caso de corresponder, por la actuación de aquél en la causa N° CSJ 208/2011 (47-P).

Las presentaciones de fs. 52/64, 66/73 y 74/79 del presente incidente, por las cuales el Dr. L.D.B., la representación del Ministerio de Producción de la Nación y el señor fiscal general ante esta instancia contestaron, respectivamente, el traslado conferido a fs. 49.

Y CONSIDERANDO:

  1. ) Que, por el recurso extraordinario interpuesto a fs. 17/29 vta.

    del presente, la representación del Ministerio de Producción de la Nación sostuvo que la decisión criticada es arbitraria, que las particularidades de la cuestión “…exceden el interés individual y conllevan un claro supuesto de gravedad institucional…” y que por la resolución recurrida se afectan “…

    principios básicos de la Constitución (legalidad, derecho de propiedad y debido proceso)…” (confr. fs. 23 segundo párrafo, 24 vta. y 26 segundo párrafo; la transcripción es copia textual del original).

  2. ) Que, asimismo, por el recurso extraordinario de fs. 31/41 vta. el Fecha de firma: 22/09/2017 Dr. L.D.B. manifestó que por la resolución mencionada “…se han pulverizado Alta en sistema: 27/09/2017 Firmado por: R.E.H., JUEZ DE CAMARA Firmado por: CAROLINA ROBIGLIO, JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: V.M.D., SECRETARIA DE CAMARA #28565759#189157291#20170922103925524 varios derechos y garantías constitucionales…afectando severamente el principio de legalidad (artículo 19 de la Constitución Nacional) y el derecho de propiedad (artículo 17 de la...

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