Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala B, 30 de Agosto de 2022, expediente COM 010413/2021/26/CA002

Fecha de Resolución30 de Agosto de 2022
EmisorCamara Comercial - Sala B

Poder Judicial de la Nación Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial Sala B

10413/2021 - Incidente Nº 26 - INCIDENTISTA: SOUTH AMERICAN

SEISMIC LTD CONCURSADO: UGA SEISMIC S.A. s/INCIDENTE DE

REVISION DE CREDITO

Juzgado N°19 - Secretaría N°37

Buenos Aires, 30 de agosto de 2022.

Y VISTOS:

  1. Apeló la incidentista la imposición de las costas decidida a fs.505. Su memorial corre a fs.508/510 y fue contestado por la concursada a fs.515 y por la sindicatura a fs.512/513.

  2. La imposición de las costas resultó acertada.

    Es cierto que este tribunal tiene decidido que si los autos revisorios resultaron necesarios para despejar cualquier incertidumbre sobre la extensión del crédito en cuestión, las costas del incidente deben distribuirse en el orden causado (CNCom, esta Sala in re “ Z.S. s/

    inc de revisión por Sitra S.A.”, del 17-11-89).

    Empero -en el caso- la incidentista omitió al insinuarse tempestivamente adjuntar la totalidad de la documentación expresada en idioma extranjero con su respectiva traducción. Y ello fue admitido en el propio memorial de agravios.

    Esta reconocida omisión en la pretensión inicial sella la suerte de su recurso pues no existe motivo que permita eximirlo de las costas, cuyo propio accionar ha ocasionado.

  3. Por ello, desestímase el recurso de fs.506, con costas (art. 69

    Cpr.).

  4. N. por Secretaría del Tribunal, conforme Acordadas n° 31/11 y 38/13 CSJN.

  5. Cúmplase con la publicación a la Dirección de Comunicación Pública de la CSJN, según lo dispuesto en el art. 4 de la Acordada n° 15/13

    Fecha de firma: 30/08/2022

    Alta en sistema: 31/08/2022

    Firmado por: M.B...

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