Incidente Nº 26 - IMPUTADO: L.H.D. L s/INCIDENTE DE EXCARCELACION
Fecha | 08 Septiembre 2017 |
Número de expediente | CPE 001084/2016/26/CA006 |
Número de registro | 187587677 |
Poder Judicial de la Nación INCIDENTE DE EXCARCELACIÓN DE L.H.D. EN CAUSA N° CPE 1084/2016, CARATULADA: “A.C.A.
SOBRE INFRACCIÓN LEY 22.415”. J.N.P.E. N° 5. SEC. N° 10. EXPEDIENTE N° CPE 1084/2016/26/CA6.
ORDEN N° 27.845. SALA “B”.
Buenos Aires, de septiembre de 2017.
VISTOS:
El recurso de apelación interpuesto por la defensa de H.D.L. a fs.
16/17 vta. de este incidente contra la resolución de fs. 7/15 vta. del mismo legajo, por la cual el señor juez a cargo del juzgado “a quo” dispuso no hacer lugar a la excarcelación solicitada a favor del nombrado.
El memorial de fs. 22/24, por el cual la defensa de H.D.L. informó
por escrito en la oportunidad prevista por el art. 454 del C.P.P.N.
Y CONSIDERANDO:
) Que, por la resolución recurrida, el juzgado de la instancia anterior no hizo lugar a la solicitud de excarcelación formulada por la defensa de H.D.L., por considerar que los hechos que se imputan al nombrado en la causa principal “…encuadran ‘prima facie’ dentro de las previsiones de los artículos 863, 864 inciso ‘b’ y 865 incisos ‘a’, ‘c’, ‘f’ e ‘i’ del Código Aduanero y artículo 210 del Código Penal…”, que “…la escala en abstracto de la pena, impide acordar el beneficio, en los términos previstos por el artículo 316 del Código Procesal Penal de la Nación. Ello así en tanto, por un lado, el máximo de la pena supera los ocho años de prisión o reclusión, mientras que por el otro, el mínimo abstracto rebasa el umbral establecido por el artículo 26 del Código Penal…”, que “…no sólo no existen evidencias que conduzcan a descartar el riesgo procesal que deriva de la citada presunción legal contenida en el artículo 316 del rito, sino que -por el contrario- existen sobrados elementos de juicio que demuestran la necesidad de mantener el estado de detención en el que se encuentra el encartado…”, que “…En este sentido, las constancias agregadas a la causa permiten suponer que cada uno de los imputados constituye y podría ser una pieza de un engranaje que conforma una estructura delictiva de mayor envergadura, dedicada a la importación de mercadería Fecha de firma: 08/09/2017 Alta en sistema: 11/09/2017 Firmado por: M.A.G., JUEZ DE CAMARA Firmado por: CAROLINA ROBIGLIO, JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: R.M.C., PROSECRETARIO DE CAMARA #30309529#187587677#20170908125106260 nueva y usada mediante el régimen de equipaje no acompañado, para su posterior comercialización en plaza…”, que “…La actividad dirigida a obstaculizar la acumulación de prueba en la causa se encuentra también comprobada, lo cual se deriva del hecho de que pese a los esfuerzos del tribunal, no se ha podido acceder a una parte sustancial de los despachos de importación que documentan las operaciones…”, que “...en caso de otorgarle la libertad L., tendría a su disposición los medios económicos y vinculaciones que le permitirían fácilmente ausentarse del país, obstaculizar el avance de la pesquisa y/o ponerse de acuerdo con aquellos probables partícipes para impedir el accionar de la justicia…”, y que “…La consideración del arraigo no desvirtúa en el caso la presunción de fuga, tanto más si se observan los múltiples viajes del nombrado al exterior del país…” (confr. fs. 10 vta., párrafo segundo, fs. 13, párrafos segundo, quinto y último, fs. 13 vta., párrafos primero y último, fs. 14, párrafos tercero y cuarto; la transcripción es copia textual).
) Que, por el recurso de apelación de fs. 16/17 vta., la defensa de H.D.L. se agravió de lo dispuesto por el juzgado “a quo” por considerar que “…Tal decisión…no toma en cuenta las razones expuestas por esta parte, ni el arraigo ni las razones en torno a la decisión de presentarse a derecho, y no profugarse y a la imposibilidad de entorpecer el accionar de la justicia…”, que “…en materia de libertad caucionada, la regla general es la libertad y la excepción, que como tal debe ser fundada, su privación…”, y que “…en tanto y en cuanto no se demuestre que la libertad del encartado durante la substanciación del proceso pondrá en peligro, con su rebeldía o con la obstrucción de la tarea de investigación, la concreción de los objetivos de la actividad jurisdiccional de esta clase, consistente en la determinación de la verdad y en la actuación de la ley penal, la excarcelación debe ser la regla…”
(confr. fs. 16, párrafos quinto, séptimo y último, fs. 16 vta., párrafo primero; la transcripción es copia textual).
) Que, la causa principal a la cual corresponde este incidente se inició como consecuencia de las actuaciones de prevención efectuadas por el personal de la Dirección Sumarios de Prevención de la Dirección General de Aduanas a los fines de investigar el intento supuesto de importación de gran cantidad de mercadería de origen extranjero, nueva, de diverso tipo, en el Fecha de firma: 08/09/2017 Alta en sistema: 11/09/2017 Firmado por: M.A.G., JUEZ DE CAMARA Firmado por: CAROLINA ROBIGLIO, JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: R.M.C., PROSECRETARIO DE CAMARA #30309529#187587677#20170908125106260 Poder Judicial de la Nación interior de 2 contenedores documentados ante la aduana por el despachante de aduanas C.A.A., quien habría declarado que se trataba de elementos personales usados, pertenecientes a ciudadanos argentinos que regresaban al país, mediante la presentación de destinaciones de importación particulares a nombre de D.J.F.y de M.C.R. (confr. fs. 1/1 vta., 22/23, 59/62, 306/341, 460/473, y 557/580 vta. de los autos principales).
Asimismo, por el requerimiento de instrucción de fs. 1838/1841 de los autos principales, se impulsó la acción penal a los fines de investigar el intento de importación supuestamente irregular de mercadería de origen extranjero, nueva, de diverso tipo, en el interior de 4 contenedores documentados ante la aduana por el despachante de aduanas C.A.A. a nombre de D.J.F., de M.C.R., de A.Y.A. y de J.A.C. Por aquel requerimiento, el señor representante del Ministerio Público Fiscal expresó: “…esta representación del Ministerio Público Fiscal considera que corresponde ampliar el objeto de investigación en orden a las presuntas maniobras realizadas por un grupo de personas que habría ingresado y/o habría pretendido ingresar mercadería bajo un régimen distinto (equipaje no acompañado) al que en verdad se habría intentado ingresar al territorio nacional, alojada en los contenedores SUDU 5919967, SUDU 5926056, HASU 497634 y FCIU 8328362, toda vez que de los elementos obrantes en autos se puede avizorar que los dos supuestos que dieron inicio a los actuados no resultan ser hechos aislados, sino más bien, un ‘modus operandi’, en el que no puede descartarse la colaboración/participación de funcionarios de la AFIPDGA…” (confr. fs. 695/695 vta., 1193/1194, 1694/1695, 1824/1827 y 1838/1841 de la causa principal; la transcripción es copia textual del original).
Por otro lado, por el requerimiento de instrucción de fs. 2968/2971 de los autos principales se impulsó la acción a fin de investigar la importación presuntamente irregular de mercadería nueva de diversos tipos en el interior de 52 contenedores, mediante la presentación ante el servicio aduanero de destinaciones de importación particulares por cada uno de los contenedores mencionados por las que se habría declarado que se trataba de elementos personales usados, pertenecientes a ciudadanos argentinos que regresaban al país, documentadas por el despachante de aduanas C.A.A. entre el mes de octubre de 2015 y el mes de agosto de 2016 a nombre de R.F.N. (5 destinaciones), de A.Y.A. (9 destinaciones), de R.F. (6 destinaciones), de J.A.C.
Fecha de firma: 08/09/2017 Alta en sistema: 11/09/2017 Firmado por: M.A.G., JUEZ DE CAMARA Firmado por: CAROLINA ROBIGLIO, JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: R.M.C., PROSECRETARIO DE CAMARA #30309529#187587677#20170908125106260 (9 destinaciones), de L.C.R.M. (2 destinaciones), de C.A.C. (6 destinaciones), de E.E.M.G. (6 destinaciones), de M.F.T. (2 destinaciones), de M.C.R. (2 destinaciones) y de D.J.F. (5 destinaciones). Por aquel requerimiento, el señor representante del Ministerio Público Fiscal expresó: “…entiendo que corresponde ampliar el objeto de investigación a tales operaciones, toda vez que a partir de los elementos colectados se vislumbra un ‘modus operandi’
destinado a burlar el control aduanero a efectos de ingresar mercadería bajo un régimen distinto (equipaje no acompañado) al que en verdad correspondía, y así evadir el pago de los correspondientes derechos aduaneros…los supuestos que dieron inicio a estos actuados no resultan ser hechos aislados, lo cual, ante la voluminosidad, naturaleza y valor económico de la mercadería secuestrada y de la mercadería que se habría ingresado mediante las destinaciones aduaneras aquí detalladas, permiten sospechar que las operaciones investigadas se habrían llevado a cabo por varias personas…considero que hay elementos suficientes para sospechar que los imputados junto a otras personas, que corresponde determinar a lo largo de la investigación, conformaron una asociación ilícita que de manera...
Para continuar leyendo
Comienza GratisAccede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.
