Incidente Nº 24 - RECURRENTE: ARGUELLO, AGUSTIN HERNAN s/INCIDENTE DE DEVOLUCION
Fecha | 05 Julio 2022 |
Número de expediente | FRO 070344/2018/24/CA037 |
Número de registro | 45 |
Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA A
FRO 70344/2018/24/CA37
Visto en Acuerdo de la Sala “A” integrada de la Cámara Federal de Apelaciones de Rosario, el expediente Nº
FRO 70344/2018/24/CA37 caratulado “Incidente de devolución en autos A., A.H. por infracción ley 23.737”
(del Juzgado Federal nº 4 de Rosario, Secretaría 2), del que resulta que:
Vinieron los autos a conocimiento de este Tribunal, en virtud del recurso de apelación interpuesto por la defensa técnica de A.A., contra la Resolución del 15 de junio de 2021 por la que el juez no hizo lugar al nuevo pedido de restitución solicitado por el nombrado, del vehículo marca D.J. dominio MZH-280.
Concedido dicho recurso, los autos se elevaron a la Alzada y fueron recibidos en esta Sala “A”. Designada audiencia para informar, el incidentista acompañó escrito en formato digital, se labró el acta pertinente y quedó la causa en condiciones de ser resuelta.
La Dra. E.V. dijo:
1) La defensa del recurrente se agravió de la falta de razonabilidad de lo resuelto, ya que considera que en nada influye lo expuesto por el magistrado respecto a que su anterior pedido estuviera firme.
Sostuvo que no se encuentra controvertido que es el titular del rodado. Además, destacó que luego de dos años sin uso el rodado se deteriora y ello redunda en una disminución de su precio de venta.
Del mismo modo, cuestionó que el hecho de que la causa esté próxima a ser elevada a juicio, implique que se encuentre próxima a tener sentencia, ya que es sabido que la realización del debate puede llevar años.
Fecha de firma: 05/07/2022
Alta en sistema: 06/07/2022
Firmado por: V.M.M., SECRETARIA DE CAMARA 1
Firmado por: E.I.V., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: F.L.B., JUEZ DE CAMARA
Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA A
FRO 70344/2018/24/CA37
Finalmente, se agravió de que no se hiciera lugar a su pedido de designación como depositario judicial.
2) El magistrado de primera instancia, rechazó el nuevo pedido formulado por la defensa del encartado argumentando que se mantienen los fundamentos sostenidos en la resolución de fecha 02/07/2019 en donde fue rechazado un planteo similar efectuado por los anteriores abogados patrocinantes del Sr. A., decisorio que se encuentra firme y además la causa principal se encontraba próxima a ser elevada a juicio oral, motivo por el cual no correspondía hacer lugar a la restitución peticionada.
Ahora bien, en la resolución mencionada en el párrafo anterior, el magistrado tuvo en cuenta que en la causa principal se investigan...
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