Incidente Nº 21 - IMPUTADO: RAMIREZ , DAMIAN MARIANO s/INCIDENTE DE EXCARCELACION

Fecha12 Septiembre 2022
Número de expedienteFCT 008949/2019/21/CA006
Número de registro60

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CORRIENTES

FCT 8949/2019/21/CA6

Corrientes, doce de septiembre del dos mil veintidós.

Vistos: los autos caratulados “Incidente de excarcelación en autos:

R., D.M. p/ infracción ley 23.737” Expte. FCT

8949/2019/21/CA6 y su acumulado “Incidente de excarcelación en autos:

R., D.M. p/ infracción ley 23.737” Expte. N° FCT

8949/2019/49/CA21, del registro de este Tribunal, provenientes del Juzgado

Federal de Goya, Corrientes;

Y considerando:

  1. Que ingresan estos obrados a la Alzada, en virtud de los recursos

    de apelación interpuestos por la Defensa Oficial, en representación del

    imputado D.M.R., contra las resoluciones Nº 174 de fecha

    02 de junio y Nº 307 del 12 de agosto, ambas del 2022, mediante las cuales la

    juez a quo resolvió, en términos similares, rechazar la excarcelación solicitada

    en favor del nombrado y las demás medidas de morigeración requeridas por la

    defensa (prisión domiciliaria).

    Para rechazar el pedido excarcelatorio en la resolución del 02 de

    junio, la juez a quo tuvo en cuenta que a R. se le atribuyen –prima

    facie los delitos de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización,

    agravado por el número de personas intervinientes (art. 5 inc. “c” y 11 inc. “c”

    de la ley 23.737), evasión tributaria y lavado de activos de origen delictivo

    (ley 37.430 y art. 303, inc. 1 y 2 apartado “a”), excluyéndose así la posibilidad

    de una eventual condenación condicional (art. 221 inc. b del CPPF).

    Asimismo, relevó que se hallan detenidas 15 personas, como

    resultado de los allanamientos realizados en los domicilios investigados, en los

    que se secuestraron gran cantidad de estupefacientes, dinero, armas y

    elementos de fraccionamiento.

    Resaltó la falta de acreditación de una fuente lícita de ingresos por

    parte de R. y la etapa prematura con pruebas pendientes de producción

    en la que se halla la investigación, la que según dijo podría conllevar a que

    Fecha de firma: 12/09/2022

    Firmado por: R.L.G., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: M.G.S., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: SELVA A.S., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: N.A.M., SECRETARIA DE CAMARA

    de recuperar su libertad el nombrado se ponga en contacto con los demás

    miembros de la organización aun no habidos, a los fines de entorpecer la

    investigación o bien, darse a la fuga.

    Finalmente, sostuvo que el tiempo de detención que viene

    cumpliendo el imputado (desde el 27 de mayo del 2022) no se vislumbra como

    irrazonable, encontrándose dentro de los parámetros establecidos en la ley Nº

    24.390 y destacó que las demás medidas coercitivas contenidas en el art. 210

    del CPPF aparecen como insuficientes para disminuir o eliminar los riesgos

    procesales aludidos.

    De la prisión domiciliaria requerida, sostuvo que tal solicitud

    tampoco puede prosperar, en tanto la situación de R. no encuadra en

    ninguna de las causales legales contenidas por el art. 10 del CP y 32 de la ley

    24.660. Asimismo, por cuanto tampoco se acreditó que el peticionante tuviera

    alguna patología de riesgo en relación al covid19 o que impida su tratamiento

    dentro de la unidad carcelaria. Citó basta doctrina y jurisprudencia.

    Por su parte, en la resolución de fecha 12 de agosto del corriente año,

    señaló que, al estar en iguales condiciones que al momento de resolver el

    anterior pedido de igual tenor, independientemente del “nomen iuris”

    utilizado, no corresponde conceder la excarcelación solicitada en favor de

    R.. Para ello, reprodujo in extenso y en términos similares, los

    argumentos brindados en oportunidad de expedirse en la resolución del 02 de

    junio, con basta cita jurisprudencial, resaltando que, tal como lo dijera esta

    Alzada en expediente FCT 14208/2018/2/CA3, los términos establecidos para

    resolver la situación procesal del imputado, son meramente ordenatorios.

  2. Ante ello, la recurrente solicitó se revoquen, o bien, se anulen las

    resoluciones puestas en pugna, sobre la base de los siguientes agravios.

    En relación a la resolución de fecha 02 de junio, manifestó que la

    misma es arbitraria, irrazonada y nula por carencia de fundamentación (arts.

    123, 166, 168 CPPN), en tanto en no indica debidamente la existencia de un

    Fecha de firma: 12/09/2022

    Firmado por: R.L.G., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: M.G.S., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: SELVA A.S., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: N.A.M., SECRETARIA DE CAMARA

    Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CORRIENTES

    FCT 8949/2019/21/CA6

    riesgo procesal concreto, así como tampoco valora las restantes medidas de

    morigeración, establecidas en el art. 210 del CPPF.

    Agregó que tanto la resolución puesta en crisis, como el dictamen

    fiscal, se limitaron a hacer referencia a la gravedad del delito investigado, la

    pena en expectativa, y a generalidades respecto a los peligros procesales,

    contradiciendo de esa forma lo establecido en los arts. 210, 220 y 221 del

    CPPF, tomándose a la prisión preventiva como regla, sin valorarse las

    condiciones personales de su representado, aludidas en el pedido liberatorio.

    En ese sentido, destacó que R. es de nacionalidad argentina,

    tiene 27 años y no registra antecedentes penales de ningún tipo; que reside en

    el Barrio 32 viviendas, mzna. 1, casa N° 6 de la ciudad de Esquina

    (Corrientes); que posee arraigo familiar junto a su madre; que tiene un hijo de

    dos años que vive con su progenitora; que es una persona de bajo recursos que

    vive de changas, las que le proporcionarían un ingreso mensual de

    aproximadamente 8/9 mil pesos; y que el país se encuentra paralizado y con

    exhaustivos controles a la movilidad en razón de la pandemia por Covid19.

    Finalmente, adujo que no se ha tratado el expreso pedido de que se

    fije un plazo a la prisión preventiva que viene cumpliendo el imputado,

    reiterando tal solicitud para el caso de que se confirme la resolución

    cuestionada, indicando que el plazo que eventualmente se fije no puede

    superar los 4 meses previstos para la duración de la instrucción (art. 207 del

    CPPN). Citó doctrina, jurisprudencia y normativa constitucional. Hizo reserva

    de la cuestión federal.

    Respecto de la resolución del 12 de agosto, sostuvo que la juez a quo

    recondujo arbitrariamente la presentación efectuada por su parte,

    considerándola un pedido excarcelatorio, cuando en la misma suma del escrito

    presentado, se solicitaba la inmediata libertad de R...

Para continuar leyendo

Comienza Gratis

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR