Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de San Martín - CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA I - SECRETARIA PENAL 3, 16 de Abril de 2019, expediente FSM 093868/2018/20/CA005

Fecha de Resolución16 de Abril de 2019
EmisorCAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA I - SECRETARIA PENAL 3

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA I-SEC. PENAL N° 3 Causa N° 93868/2018/20/CA5 (8883), C.: “Incidente Nº

20 - IMPUTADO: LERGEN, N.J. Y OTROS s/INCIDENTE DE NULIDAD”, del Juzgado Federal de Campana , Secretaria Nº 1 Registro de Cámara: 8847 M.,16 de abril de 2019.

VISTOS

Y CONSIDERANDO:

  1. Llegan las presentes actuaciones a conocimiento del tribunal, con motivo del recurso de apelación interpuesto por la defensa oficial de N.J.L., G.A.S., I.C.V. y A.C.R., contra el auto de fs. 21/24, en cuanto rechaza las nulidades formuladas por la asistencia técnica.

    Se agravió la titular del Ministerio Público de la Defensa por entender que el procedimiento realizado en el marco de las presentes actuaciones evidenciaba una clara afectación a derechos y garantías constitucionales que hacen al debido proceso, ya que las actuaciones tuvieron su génesis en un sinfín de intervenciones telefónicas, las que afectaron seriamente el derecho a la intimidad de sus defendidos, para luego convalidar la existencia de una supuesta organización destinada al tráfico de estupefacientes, por el material ilícito incautado “supuestamente” en poder de ellos, pese a la cantidad secuestrada y a la condición de adictos en el caso de Suruaga y Rojas –pese que a ella solo se le imputa la tenencia simple de estupefacientes- y en el caso de L. y V. de consumidores ocasionales.

    Finalmente, la defensora oficial refirió que -1-

    Fecha de firma: 16/04/2019 Firmado por: M.D.F., Firmado por: J.P.S. Firmado por: MARCOS MORÁN Firmado(ante mi) por: C.G.B., SECRETARIO DE CAMARA #33011537#231786961#20190416125842398 Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA I-SEC. PENAL N° 3 Causa N° 93868/2018/20/CA5 (8883), C.: “Incidente Nº

    20 - IMPUTADO: LERGEN, N.J. Y OTROS s/INCIDENTE DE NULIDAD”, del Juzgado Federal de Campana , Secretaria Nº 1 Registro de Cámara: 8847 todos los elementos que constituyen los presupuestos de la orden de intervención de las telecomunicaciones deben ser reconocibles en el auto del Juez que la ordena, siendo, la referencia a estos elementos, la que, en definitiva, permitirá conocer el juicio seguido por el Juez, y posibilitará ex post el examen de proporcionalidad en cuanto al mecanismo para evitar injerencias arbitrarias, entendiendo así, que la decisión no satisface mínimamente las exigencias de fundamentación de los Arts. 236 y 123 del C.P.P.N, más allá de la noticia al Sr. Agente F. y las declaraciones testimoniales de...

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